CIUDAD DE MÉXICO, 11 de enero (AlMomentoMX).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) determinó que Costa Rica y el resto de los países bajo su jurisdicción deben garantizar igualdad de derechos a las parejas del mismo sexo, incluyendo el matrimonio.
La corte regional, que tiene su sede en San José, Costa Rica, emitió su opinión tras una consulta hace dos años del Gobierno de Costa Rica, pero su dictamen alcanza a todos los miembros del sistema Interamericano de Derechos Humanos.
“El Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que se deriven de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo de conformidad con (…) la Convención Americana de Derechos Humanos”, resolvió la Corte IDH.
El ente jurídico especificó que los Estados deben asegurar a las parejas del mismo sexo los mismos derechos “sin discriminación” con respecto a las parejas heterosexuales, como el derecho al matrimonio y los derechos patrimoniales y familiares.
La corte sostuvo que no es necesaria la creación de nuevas figuras jurídicas para garantizarles el derecho al matrimonio y los derechos que se derivan del mismo, pues únicamente se requiere extender las instituciones existentes a este sector de la población, de conformidad con el principio pro persona.
El Gobierno costarricense celebró la resolución, que le da respaldo al presidente Luis Guillermo Solís para cumplir con su promesa de ampliar los derechos al colectivo LGTBI (Lesbianas, Gays, Transexuales, Bisexuales, Intersexuales) en un país de mayoría católica.
“(La Corte IDH) reivindica los derechos de las personas LGTBI y recuerda a todos los Estados del continente, incluyendo el nuestro, su obligación y deuda histórica para esta población”, expresó la vicepresidenta de Costa Rica, Ana Helena Chacón.
Algunos países de la región ya reconocen el matrimonio igualitario, incluyendo Argentina, Brasil, Canadá, Colombia, Estados Unidos, Uruguay y algunos estados de México.
Además la Corte IDH pidió a los estados que el cambio de nombre por “identidad de género autopercibida” sea un trámite rápido, confidencial y sin requisitos.
Los jueces interamericanos consideraron que los Gobiernos tienen el deber de garantizar estos derechos de manera transitoria mediante decretos o reglamentos, mientras se emprenden las reformas para incorporarlos a sus ordenamientos jurídicos.
El organismo puntualizó que cualquiera de los procedimientos elegidos, debe dirigirse a la adecuación integral de la identidad de género auto-percibida, sin mayor requisito que el consentimiento libre e informado de la persona que lo solicita, y ser tramitados de forma confidencial, y en la medida de lo posible de forma gratuita.
AM.MX/dsc
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