Como impulsora del cambio y actor principal en la consolidación de los derechos de las y los mexicanos, la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República aprobó diversas leyes que enriquecieron el marco normativo en la materia y cuyo trabajo fue apegado a los más altos estándares internacionales para proteger los derechos de la ciudadanía.
Alterno a la aprobación de las leyes en materia de tortura, desaparición forzada de personas, y de declaración especial de ausencia para desaparecidos, consideradas como fundamentales para la protección de la integridad de la ciudadanía, la Comisión también avaló leyes que robustecieron los derechos de los jóvenes y de las niñas y niños de México.
En entrevista, la senadora Angélica de la Peña Gómez, presidenta de la Comisión, destacó la aprobación de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, cuyo propósito es garantizar los derechos humanos de los adolescentes a quienes se les impute o resulten responsables de la comisión de hechos tipificados.
Quedó claro que las niñas y niños menores de 12 años no son objeto de este sistema y si se ven involucrados en algún hecho delictuoso, por su edad, tienen que ser atendidos y buscar su reinserción y su tratamiento desde la asistencia social, lo que significa una prohibición de que las personas menores de 12 años puedan ser privadas de su libertad.
En tanto, los adolescentes de 12 años y de menos de 14 años que cometan algún delito que pueda llevar una sanción fuerte por su magnitud, no van privados de su libertad sino que tiene que hacerse un tratamiento con medidas alternativas a la privación de la libertad, como el trabajo comunitario, añadió.
Lo que respecta a la implementación de esta ley, la senadora por el PRD precisó que se tienen las mismas dificultades existentes en el propio sistema para adultos, pues no se ha entendido la reinserción social y cuáles deben ser las políticas que lleven a la implementación de este nuevo sistema.
La senadora de la Peña, señaló que debe estar inscrito desde el principio -por parte de los jueces de ejecución- en la asistencia del plan personal de quien está bajo una medida alternativa de privación de libertad o una de privación de libertad por haber cometido algún delito y que es la parte más importante que se debe seguir atendiendo.
Es necesario prevenir que una persona menor de 18 años de edad que ha cometido un ilícito, pueda reencauzar sus alternativas, con base en un sistema más benigno, acusatorio, fundamentalmente inscrito en la restitución de derechos, aseveró.
La Ley de Justicia para Adolescentes fue la primera Ley constitucional que estableció como principio fundamental de naturaleza penal una doctrina garantista a partir del reconocimiento de un debido proceso legal, fundado en un sistema acusatorio y de reinserción social, argumentó.
Lamentablemente, señaló la senadora, no se ha logrado porque prácticamente la mayoría de los centros de privación de libertad siguen siendo, en su mayoría cárceles que no cuentan con políticas para lograr la reinserción social; además resalto la Ley Nacional de Ejecución Penal, otra de las leyes más importantes que aprobó la LXIII legislatura, que va dirigida a los centros de privación de libertad federales y locales, incluyendo los centros para personas menores de 18 años y mayores de 14 años.
Hizo ver que aún no se ha formado ni verificado a las autoridades conforme a la Ley; “nos preocupa mucho que la legislación no está siendo aplicada de manera debida en los ámbitos locales. Los centros de privación de libertad a nivel local tienen gobiernos de las mafias, la mayoría, o hay una colusión de autoridades con las mafias y todavía sigue habiendo corrupción”.
Agregó que hay hacinamiento provocado por la sobrepoblación, así como personas que por delitos, “por bagatelas jurídicas”, que no deberían estar privados de su libertad sino con medidas alternativas a la privación de la libertad. Entonces, todo esto dificulta la implementación y promoción de la reinserción social de cada una de estas personas, sostuvo.
Reconoció que los cambios estructurales no se están implementando y que se necesita una política de gobierno, es decir, la gobernanza que debería distinguir a la política pública sustentada en la aplicación de cada uno de los preceptos de la Ley, y llevar el seguimiento por parte de las organizaciones de la sociedad civil y, sobre todo, de las organizaciones especializadas, que hoy tienen un papel relevante en la búsqueda de la reinserción social.
La política pública no está tomando en consideración la restitución de derechos cuando estos no están siendo gozados, ejercidos por las niñas y los niños. Aunado a esto, preocupa que falte una articulación del ejercicio de la política pública en los tres órdenes de gobierno que debe sustentarse en el reconocimiento de que las y los menores de 18 años de edad son sujetos de derechos, apuntó.
Por el contrario, “si no hay una determinación de una política general, nacional, inscrita desde este enfoque de los derechos humanos de la niñez, con políticas claras, precisas, medibles, evaluables, no vamos a poder lograr la implementación de cada uno de los preceptos de la Ley sobre derechos de la niñez”, puntualizó de la Peña.