El fenómeno de la abogacía principia en aquella primera noche de los tiempos, ahí es donde se pronuncia y encona el primer problema que las partes en conflicto no pueden dirimir. Surge el primer abogado y después el primer juez; con posterioridad, el primer recinto que deberá dirimir la controversia planteada con base en normas muy primitivas, por primerizas, después más y más elaboradas, hasta formar los Códigos o Corpus Iuris. En la actualidad ninguno de nuestros códigos permite cabildeo entre acusador y juzgador.
Sin duda alguna, quien esto escribe, puede afirmar que en la época romana, resulta verdad que tanto Pompeyo como Julio Cesar temieron que el enorme influjo de la oratoria destruyera por siempre, la decadente ciencia jurídica. Por eso pretendieron codificar el derecho inspirándose en ideas de difundida influencia helenista. Sin embargo como dicha corriente era por su naturaleza anti romana, no tuvo el éxito buscado.
Por ello, Augusto, prefirió en lugar de legislar, levantar el espíritu de los más brillantes jurisconsultos de la época.
Durante siglos, la evolución del derecho quedó en manos de los abogados que dedicaban su vida a la práctica y teoría jurídica, excluyendo de ello a los legisladores.
No obstante ello, al comienzo del imperio surge el Derecho Legislativo, no en forma de Leges Rogatae, sino como Constitución.
Después vinieron las famosas Doce Tablas, como primera ley del derecho romano.
En la especialidad de la Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados de México, A.C., deseo precisar y destacar la tabla VIII.- Derecho Penal, “especificando de muy graves penas para ciertos delitos que afectaban el interés público, como es la corrupción judicial”.
De un golpe y por falta de espacio, penetramos en nuestro México.
Hace apenas una horas, un brillante ex senador de la República tuvo la gentileza de enviarme una nota publicada por “El Universal’’, mediante el cuál se nos hizo saber que Alejandro Gertz Manero, en su calidad de Fiscal General de la Nación, cabildea una orden de aprehensión contra Felipe Calderón. El cabildeo de la Fiscalía se da para evitar que por algún error en la carpeta de investigación, el juez de control negara la orden de captura contra el ex presidente.
Vaya ignorancia supina y extrema del decrepito Alejandro Gertz Manero, al pretender que el Poder Judicial Federal le otorgue el visto bueno a su incapacidad. Sin ningún afán polémico, debo hacer saber al indocto fiscal que tal cabildeo resulta abiertamente absurdo y senil, como lo sostengo en las presentes líneas.
De lo que aquí expreso se comprueba sin dificultad.
Ningún precepto de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni leyes secundarias, facultan al Fiscal General de Republica a cometer tal tropelía. Por estas circunstancias basadas en principios jurídicos de razón suficiente, debo solicitarle a nombre de quienes integramos la Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados A.C., su dimisión inmediata por incapaz e iletrado.
Por lo que toca a otro de los motivos de tal pedido, debo agregar que su incapacidad es latente y vigente, ya que no ha podido, ni querido, ni sabido integrar una carpeta de investigación adecuada parea sancionar a la narcopolítica que lesionó a nuestro México.
Deje la estafeta por incapaz, en nuestras leyes es inadmisible un cabildeo como el efectuado, sus atribuciones como servidor público no le permiten solicitar la suplencia de queja. Cabe recordar lo que todos los juristas sabemos: JUDEX SUPPLERE DEBET, DEFENSIONES REI OFFICIO; INCRIMINIBUS NON ESE PRAESUMPTIONES, SED CLARAE PROBATIONES.
Lo expuesto en líneas que anteceden, significa en castizo lenguaje que: “el juez está obligado a suplir la deficiencia de queja de oficio al reo” y que “las acusaciones no deben ser basadas en presunciones, sino tienen que ser muy claras las pruebas de responsabilidad”. Para conocimiento de quienes lo desconocen, únicamente se autoriza la suplencia de la queja en amparos promovidos por gobernados más no a fiscales que pretendan que los jueces reemplacen su desconocimiento en la aplicación de la ley.
Dado ello y por el bien de México y de la justicia, dimita usted señor fiscal.
Alberto Woolrich Ortiz.
Presidente de la Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados de México, A.C..