La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, se pronunció en contra de una resolución judicial que obliga a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a permitir la comercialización e importación de productos derivados de cannabis.
La ministra argumentó que la protección del derecho a la salud debe prevalecer sobre la libertad de comercio, tal como lo establece el artículo 4° de la Constitución.
La resolución en cuestión, emitida el pasado 14 de agosto, ordena a Cofepris publicar el reglamento que regula la comercialización, exportación e importación de productos derivados de cannabis, conforme a lo estipulado en la Ley General de Salud. A pesar de ello, la dependencia no ha cumplido con la publicación del reglamento.
Batres, en una nota compartida a través de la plataforma X (antes Twitter), señaló que la libertad de comercio “encuentra su límite en el interés general” y subrayó que es responsabilidad de Cofepris garantizar la salud de la población al regular estos productos.
La discusión se originó en el contexto del amparo promovido por una empresa de bebidas energéticas, la cual lleva desde 2017 esperando la reglamentación necesaria para comercializar productos de cannabis. La SCJN otorgó el amparo a la empresa, obligando a Cofepris a emitir una respuesta favorable una vez que se verifiquen las características de los productos.
Este fallo ha generado controversia, ya que desde 2018 la Corte ha sostenido un criterio favorable al uso lúdico y recreativo del cannabis para mayores de edad, con el fin de proteger el libre desarrollo de la personalidad. Sin embargo, la ministra Batres advierte que permitir la comercialización sin una regulación adecuada representa una invasión a las facultades de Cofepris, cuyo principal objetivo es salvaguardar la salud pública.
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