• Aviso de Privacidad
jueves, noviembre 20, 2025
Indice Político | Noticias México, Opinión, Internacional
  • Cultura y Espectáculos
  • Deportes
  • Economía
  • Internacional
  • Justicia
  • Nacional
  • Política
  • Salud
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Cultura y Espectáculos
  • Deportes
  • Economía
  • Internacional
  • Justicia
  • Nacional
  • Política
  • Salud
Sin resultados
Ver todos los resultados
Indice Político | Noticias México, Opinión, Internacional
Sin resultados
Ver todos los resultados

Las herencias pueden ser una bendición, pero también un tormento

Redacción Por Redacción
20 noviembre, 2025
en Edgar González
A A
0
0
COMPARTIDO
7
VISTAS
Share on FacebookShare on Twitter

LOS CAPITALES

Por EDGAR GONZALEZ MARTINEZ

 

En efecto, existen cierto tipo de obligaciones financieras que no desaparecen cuando una persona fallece. Alejandro Sena, director general de Dinero.mx, nos recuerda “en México existen algunos productos financieros que cuentan con un seguro de vida que cubre la deuda del titular en caso de fallecer como el caso de las tarjetas de crédito y los créditos hipotecarios”. Pero, la herencia puede convertirse en un tormento cuando el fallecido hereda deudas. Si el fallecido adquirió un crédito, cerciórese de que en el contrato se contemple un seguro de vida, para que en caso de fallecimiento la deuda quede solventada.

En el caso de las tarjetas de crédito bancarias estas cuentan con la ventaja de establecer en su contrato una cláusula de liberación del saldo deudor en caso de que el titular fallezca, cubriendo como máximo el total del límite de crédito o el monto pendiente por pagar de la cuenta. No obstante, se debe tener presente que esta protección sólo cubrirá las deudas realizadas previas al deceso, por lo que si se llegarán a registrar compras posteriores dichos adeudos no serán cubiertos.

De igual forma, los créditos hipotecarios se encuentran protegidos por un seguro de vida, el cual sirve para saldar el monto pendiente de la hipoteca en caso de muerte accidental o por enfermedad del titular de la deuda (siempre que no sea un evento relacionado con suicidio), liberando así de cualquier obligación a los beneficiarios del crédito. Es importante considerar que para hacer válido este seguro se debe estar al corriente con los pagos de las mensualidades al momento del fallecimiento, ya que, en caso contrario los beneficiarios tendrán que solventar dichas mensualidades para poder hacer uso del seguro.

En caso de tratarse de un crédito conyugal (adquirido con el FOVISSSTE o INFONAVIT), el seguro sólo cubrirá la parte correspondiente del adeudo total de la persona fallecida, manteniéndose vigente la deuda del cónyuge vivo. Comúnmente quienes terminan heredando o se vuelven responsables de pagar las deudas de una persona fallecida son el cónyuge, hijos, obligado solidario (si es que firmó como aval o fiador) o el albacea del testamento.

Cuando se es beneficiario de una herencia, es más probable que se adquiera cierta obligación sobre el pago de las deudas que haya dejado pendiente el fallecido, a esto se le conoce como “responsabilidad patrimonial limitada al monto de la herencia”, y consiste en que dichas deudas deberán ser pagadas con los bienes o patrimonio del fallecido. En casos así, el albacea o responsable de la administración de la sucesión, primero debe asegurarse que las deudas queden solventadas antes de repartir la herencia.

Al respecto, Dinero.mx aconseja seguir los siguientes pasos para lidiar con posibles deudas en caso de ser beneficiario de una herencia:

Investiga si la persona fallecida dejó un testamento.

Verifica la existencia de posibles deudas de la persona fallecida, además de inventariar los bienes o patrimonio que haya dejado.

Si las deudas cuentan con un seguro de vida preexistente, no olvides notificar a las instituciones financieras correspondientes sobre el fallecimiento para que activen el seguro y liquiden la deuda.

En caso de que debas liquidar las deudas, busca negociar con los acreedores sobre descuentos si es que realizas el pago rápido.

Cabe señalar que, los herederos no están obligados a liquidar las deudas de una persona fallecida con su propio dinero, pero sí con los bienes heredados, ya que de no hacerlo los acreedores pueden demandar judicialmente a la sucesión, lo que derivará en embargos sobre los bienes heredados, congelamiento de las cuentas de la persona fallecida e incluso en la pérdida parcial o total de la herencia.

loscapitales@yahoo.com.mx
Twiter: @ Edgar4712

Etiquetas: columna
Noticia anterior

¡Juez Guerra!

Siguiente noticia

Puebla, sumido en la violencia

RelacionadoNoticias

Edgar González

Los precios de los inmuebles se incrementarán con el próximo Mundial de Futbol

19 noviembre, 2025
Edgar González

Evoluciona el fraude digital, con grave riesgo para la banca y sus cuentahabientes

18 noviembre, 2025
Edgar González

Reduce México el apoyo del crédito flexible que tiene en el FMI

17 noviembre, 2025
Edgar González

Buena señal: empresas demandan créditos para aumentar producción: BBVA

14 noviembre, 2025
Edgar González

Reconoce la OCDE la certidumbre fiscal de México a grandes contribuyentes

13 noviembre, 2025
Edgar González

Cae producción industrial, por cuarto mes consecutivo: Citibanamex

12 noviembre, 2025
Siguiente noticia

Puebla, sumido en la violencia


[video width="300" height="170" mp4="https://indicepolitico.com/wp-content/uploads/2024/02/poder_por_poder.mp4"][/video]


  • México al borde: el eco del asesinato de Carlos Manzo

    0 compartidos
    Compartir 0 Tweet 0
  • “15 de noviembre”

    0 compartidos
    Compartir 0 Tweet 0
  • Confidencias de mi amigo, don Jorge Márquez, ante las falaces versiones de Carolina Viggiano

    0 compartidos
    Compartir 0 Tweet 0
  • Fraude del Seguro de Siniestros, se suma a la venta de helicópteros y otros delitos más, de Martiniano

    0 compartidos
    Compartir 0 Tweet 0
  • El vuelo truncado del AIFA

    0 compartidos
    Compartir 0 Tweet 0
Indice Político | Noticias México, Opinión, Internacional

Francisco Rodríguez

Información y análisis. ¿Quién a la baja? ¿Quien al alza? La Bolsa de ¿Valores? de la política "a la mexicana"

Síguenos

Lo más reciente

Primer autoexiliado de este “gobierno”

Un antes y un después del 15 de noviembre

Temporada de ofertas, temporada de riesgos: cómo protegerse del cibercrimen

Chapuza legal de la administración Trump

Puebla, sumido en la violencia

Las herencias pueden ser una bendición, pero también un tormento

  • Aviso de Privacidad
  • Índice Político | Noticias México, Opinión, Internacional, Política

© 2020 Todos los derechos reservados. Indice Político.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Nacional
  • Política
  • Economía
  • Cultura y Espectáculos
  • Internacional
  • Deportes
  • Justicia
  • Salud

© 2020 Todos los derechos reservados. Indice Político.