Redacción, MX Político.- — Seis meses y una veintena de sentencias le bastaron al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para anular los candados establecidos por Morena desde su fundación para regir su vida interna, elegir dirigentes y garantizar derechos a sus militantes.
El resultado: hoy está en curso un proceso de relevo de dirigentes sin padrón, con encuesta abierta a quienes se digan militantes o simpatizantes. Para aspirar al máximo cargo en el partido no será necesario haber sido integrante del Consejo Nacional: tal como lo propuso el diputado federal Mario Delgado Carrillo, principal beneficiario de las sentencias del TEPJF. Y la puntilla: los resultados dependen de tres encuestadoras privadas.
Esas medidas no se contemplan en el estatuto de Morena, pero Delgado sólo litigó una vez ante la Sala Superior y logró revocar una amonestación pública en su contra por presunta promoción personalizada, denunciada hace un año.
Las demás impugnaciones que derivaron en sentencias con un método ad hoc fueron promovidas por otros morenistas, incluidos algunos aspirantes que, adrede o no, han colocado a Delgado y su corriente, afín al canciller Marcelo Ebrard, en el umbral del control de Morena.
El 10 y 11 de octubre próximos ese partido estrenará dirigencia, decidida en encuesta abierta y en proceso conducido por el Instituto Nacional Electoral (INE), como ordenó el TEPJF. A juzgar por la “encuesta de reconocimiento” previa, sólo disputan realmente el cargo Delgado, identificado por 27.10% de los entrevistados, y el expresidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, Porfirio Muñoz Ledo, reconocido por 41.70%.
Muy atrás quedaron las candidatas Yeidckol Polevnsky, actual secretaria general, además de Adriana Menéndez e Hilda Mirna Díaz. Por la secretaría general van otros 13 aspirantes.
Pugnas internas
El relevo en la dirección de Morena debió realizarse en noviembre de 2019, pero el desorden y pugnas internas arreciaron en el partido que ganó las elecciones de 2018, que lo mantiene en crisis.
Las reglas que acordó ese instituto político para asegurarse de no ser tomado por asalto por fuerzas externas establecen que de 300 congresos distritales emanan integrantes de 32 consejos y 32 congresos estatales, y consejo y congreso nacionales. Es decir, se involucra la movilización y control de toda la estructura partidaria.
Al comenzar el proceso en 2019, fue anulado por irregularidades y violencia en algunos congresos distritales. Todo esto en medio de la disputa entre dos bloques, el de Polevnsky, entonces secretaria general en funciones de presidenta, y Bertha Luján, presidenta del Consejo Nacional.
Ambas ya habían sido congresistas nacionales y por tanto eran elegibles a consejeras y en su caso a presidentas de Morena, pero el proceso quedó trunco. Delgado Carrillo no pudo ser electo, pues la asamblea en la que participaría, en el distrito 13, de la alcaldía de Iztacalco, se suspendió por desorden.
Todo quedó anulado por el TEPJF en un escenario de violencia, denuncias de “manoseo” del padrón, parálisis del CEN durante un año y acusaciones de parcialidad contra la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena.
Un año después, Morena espera que las encuestadoras BGC, Ulises Beltrán y Asociados, así como Covarrubias y Parametría definan a su nuevo dirigente.
Sentencia a la medida
El TEPJF asumió el control del proceso después de reiterados incumplimientos de sus determinaciones anteriores: invalidó los estatutos en lo que toca a las reglas para el relevo –salvo la básica de ser militante para acceder a un cargo– y anuló los derechos de los demás militantes para reclamar posibles fallas en el proceso.
El 20 de agosto, en una sola resolución, el tribunal, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, ordenó encuesta abierta a militantes y simpatizantes, canceló el requisito de ser consejero nacional para acceder a la dirigencia debido a que no habría congresos presenciales, desplazó a Morena y le dio la responsabilidad al INE.
Sin embargo, las encuestas no fueron planteadas por primera vez por el TEPJF. Fue el presidente Andrés Manuel López Obrador quien el 29 de agosto de 2019, en reunión privada con legisladores federales de Morena, PT, PES y PVEM, les advirtió que “los adversarios quisieran que se dividiera Morena”, por lo que era mejor recurrir a las encuestas.
Desde ahí el eslogan de Delgado, el senador suplente Alejandro Rojas Díaz Durán y Polevnsky, quienes por todo el país promovieron “hacerle caso al presidente” y, al menos los dos primeros, abrir la decisión a militantes y simpatizantes.
Yerros judiciales
Las resoluciones sobre el proceso interno de Morena han sido cuestionadas por dirigentes del partido, magistrados del TEPJF y académicos.
Hay contradicciones e inconsistencias en al menos 18 de esas resoluciones, según los magistrados Janine M. Otálora, exmagistrada presidenta del tribunal, y Reyes Rodríguez Mondragón, quienes señalan el manejo irregular de los turnos con que son enviados los casos para su análisis y preparación de los proyectos de sentencia.
El reglamento interno del TEPJF estipula que los asuntos relacionados en que se impugna la misma decisión, o hay relación con una sentencia principal –como en el caso de Morena y la resolución que anuló su elección en octubre de 2019– le corresponden a un mismo magistrado, salvo excepciones por motivos como la ausencia del juzgador.
Por eso los primeros recursos sobre la elección morenista y el incumplimiento en su reposición fueron turnados a Indalfer Infante Gonzales, responsable de elaborar la sentencia originaria que invalidó los congresos de ese partido en octubre del año pasado.
Así fue durante 10 meses. Pero de forma anómala, a decir de Rodríguez Mondragón, a partir de agosto los nuevos recursos se turnaron al magistrado Felipe de la Mata, y casos subsecuentes se dividieron entre dos ponencias, lo que genera las “evidentes incongruencias” y podrían propiciar un análisis parcial.
“Un cambio irregular o súbito en el turno afecta directamente la apariencia de imparcialidad que debe mantener el tribunal, generando sospechas innecesarias en torno a los motivos de esta decisión”, asentó Rodríguez Mondragón en su voto particular sobre la sentencia que ordenó al INE realizar el proceso electivo de Morena, a propuesta de De la Mata.
“No hay lugar a duda y no cabe interpretación alguna respecto a las reglas que rigen el turno de los expedientes en este tribunal”, argumentó el magistrado Rodríguez Mondragón.
Para Otálora y Rodríguez, las decisiones cuestionables afectan al menos seis temas, votados por la mayoría de cuatro magistrados: el presidente Felipe Fuentes Barrera, José Luis Vargas Valdés, Mónica Aralí Soto Fregoso y Felipe de la Mata Pizaña, a veces con el voto de Infante Gonzales.
Los inconformes expusieron, en voto particular emitido el 15 de septiembre (JDC 1903/2020), que durante casi un año el TEPJF ha dictado casi 20 sentencias que ponen en evidencia los virajes de opinión de sus pares en casos relacionados con Morena.
Esas contradicciones tratan sobre quién está facultado para impugnar el proceso interno, cuál debe ser el método, si el padrón es confiable y si es viable postergar la renovación, y en qué plazo y con qué reglas se realizará.
Por ejemplo, el 2 y 30 de octubre de 2019 se autorizó a Morena a elegir el método que estimara conveniente. El 26 de febrero, cuatro meses después, el TEPJF confirmó la validez y decisiones del congreso de Morena realizado en enero, en que se eligió a Ramírez Cuéllar y se votó, por unanimidad, rechazar el método de encuestas para el relevo interno.
Pero el TEPJF le ordenó a ese partido y a su líder provisional usar ese método rechazado expresamente por su congreso, máximo órgano de dirección partidista, pues el estatuto sólo permite esos sondeos abiertos para elegir candidatos a cargos de elección popular, no a dirigentes.
Al siguiente mes, el 11 de marzo, los magistrados negaron al presidente de Morena su petición de aclarar detalles de la encuesta. Pero el 20 de marzo, al resolver otro recurso, el pleno decidió aclarar que la encuesta se aplicaría entre quienes se autoadscriban como militantes y simpatizantes de Morena.
Respecto a quién puede impugnar temas de la elección morenista, en noviembre de 2019 el TEPJF consideró que sólo quienes hubieran iniciado los recursos en “el juicio principal”. El viraje fue el 26 de febrero, cuando el tribunal atendió un incidente de inejecución de sentencia y avaló que “cualquier militante” promoviera ese tipo de recursos en el caso de incumplimientos a resoluciones del TEPJF.
No obstante, el 25 de septiembre pasado (JDC 2731/2020) el TEPJF confirmó por mayoría que los militantes quedaron excluidos de exigir apego a los estatutos en la elección interna de Morena vía encuesta. Esto porque resolvió que no se afectan directamente los derechos de los militantes (sólo de los aspirantes), pues ahora priva un contexto extraordinario (decretado por el mismo TEPJF) en el cual las decisiones las toma el INE.
Eso hace inaplicable todas las reglas del estatuto, que sí permiten a los militantes defender sus derechos en los procesos internos, mientras que la encuesta carece de toda regulación partidista, según lo estableció la mayoría de los magistrados.
Otra contradicción habría ocurrido en la sentencia del 16 de abril pasado, pues en ella los magistrados indicaron que la pandemia justificaba el aplazamiento de la renovación de dirigencia, pero el 1 de julio resolvió que no, que la pandemia no justifica aplazar nada.
Los presuntos fallos incongruentes se habrían dado también en el plazo para la renovación de la dirección de Morena. Según el magistrado Rodríguez Mondragón, suman cinco resoluciones contradictorias.
En la más reciente, del 20 de agosto, se rechazó la prórroga pues los plazos para cumplir sentencias son “inmodificables”, pero se ordenó concretar el relevo en 45 días. En febrero se ordenó a Ramírez Cuéllar renovar órganos en 40 días, en tanto que el 1 de julio se estableció que a más tardar el 31 de agosto. El plazo original, de 90 días, obligaban al partido a elegir líderes en enero.
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