La semana antepasada, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló y mandató que una parte del salario de los trabajadores mexicanos puede ser embargable para el pago de deudas civiles y mercantiles hasta en una tercera parte del mismo.
Para muchos, este fallo ha pasado desapercibido mientras hemos estado inmersos en temas de la agenda nacional; como el lavado de dinero de la empresa Oceanografía, la responsabilidad en la construcción en la Línea 12 del Metro, la violencia e inseguridad que se vive a diario en el Estado de México, y claro, el tremendo escándalo del líder priísta en el Distrito Federal, Cuauhtémoc Gutiérrez por contratar mujeres para trabajos sexuales.
Pero, al revisar la Segunda Sala de la SCJN la contradicción de tesis 422/2013, los ministros resolvieron por una mayoría de cuatro votos a favor y uno en contra que existe legalidad civil y laboral en el embargo del salario de los trabajadores.
El caso es que de acuerdo a lo legalmente escrito, desde hace tiempo el salario puede ser embargado hasta en un 100 por ciento en casos de pensión alimenticia. Pero esto en la práctica, es difícil de aplicar, dado que los mismo jueces aducen imposibilidad de nulificar capacidad de subsistencia a uno de los deudores de la misma pensión alimenticia.
Ahora los jueces advirtieron que la imbargabilidad del salario que imperaba hasta hace unos días, se refería sólo al salario mínimo y no a los excedentes, por lo que estos si pueden ser tomados para cumplir con el pago de deudas a terceros del orden civil y mercantil.
Así que aquello de que nuestro salario era sagrado y que ni los mismos patrones podían tocar un solo centavo del mismo para ajustar cuentas, cada vez más está quedando para las memorias de la ley laboral en nuestro país.
Así como se publicitan obras de infraestructura, de salud, de vivienda y demás, el Gobierno está obligado a informar a los mexicanos de esta medida y a explicar la misma.
Es vergonzante como nuevas leyes que afectarán aún más a quienes no pueden pagar, no a quienes no quieren pagar, se traten en lo oscurito.
Acta Divina… La SCJN autorizó afectar los recibos de nómina de los trabajadores por deudas civiles y mercantiles.
Para advertir… ¿El estudiante muerto en la estación el Metro Copilco sólo es responsabilidad de sus acompañantes?
Aviso… Nos reencontramos, con el favor de los editores y de los lectores, el lunes 14 de abril. Gracias.
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