Es indigno que algunos Senadores de al República propongan en absurdo transitorio pisotear nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Viejas enseñanzas nos refieren que MANIFIESTA ACCUSATIONE NON INDIGENTI, lo cual traducido a castizo lenguaje significa que: “Las cosas que son claras no necesitan acusarse”.
He aquí el porqué de esa indignación; el haber sido propuesto, consentido, tolerado, votado y aprobada la extensión por dos años para que el Sr. Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, continúe detentando dicho cargo, no sólo contradice el espíritu de nuestra Carta Fundamental, la cuál de manera muy clara refiere en lo conducente del artículo 97, que: “Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cuál no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior”.
De aprobar la Cámara de Diputados tal engendro, desacierto, yerro y error jurídico-político nos encontraríamos ante un penoso rompimiento del Estado de Derecho.
No parece, pues, preciso insistir aquí sobre lo que reiteradamente con anterioridad se ha expuesto en diversas columnas publicadas por “Índice Político”, en las que se afirma que nuestra Suprema Ley merece no sólo ser respetada, sino venerada y que ese respeto por principio de cuentas debe de provenir de nuestras autoridades y representantes del pueblo que son los portadores de nuestra voz en el Congreso de la Unión.
Pues bien, hoy nuevamente la Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados de México, A.C., afirma con convicción absoluta, que al haberse aprobado el transitorio de marras se incurre en un absurdo jurídico que da como resultado emitir con conocimiento de causa disposiciones inconstitucionales.
El respeto a la Cámara de Senadores no invalida la crítica jurídica. Del cotejo del transitorio aprobado, admitido y abonado se infiere la infracción a la Carta Magna. Pues bien, pasando por cuanto a los deshonrosos hechos votados, tenemos que afirmar que el sedicente transitorio da la intención de deshonrar, desacreditar y menospreciar a nuestro Pacto Federal y a la Separación de Poderes que se pregona en el espíritu de nuestra Suprema Ley. La Abogacía Independiente de la República no puede admitir ello, por el contrario, afirmamos que se atenta en contra de nuestra ley y esa falta no es leve, dado que la modificación del periodo incluida en un transitorio de reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que no estaba en la iniciativa que envió Andrés Manuel López Obrador, ni por menos en el dictamen que fuera publicado el día jueves en la Gaceta del Senado es jurídicamente inaceptable.
Irrita constatar que algunos señores Senadores de México, con evidente y notorio desconocimiento del espíritu de la Carta de Carranza se atrevan a denotar una evidente discapacidad para legislar. La sola propuesta y aprobación de tal desacierto político y jurídico conlleva a pisotear nuestra Constitución e intentar alterar el alcance de reformas constitucionales insertas en el artículo de mérito.
Para efectuar una correcta polémica jurídica tenemos que partir diciendo que si esa irresponsable, sosa e insulsa iniciativa obtiene el visto bueno de la Cámara de Diputados, que sea dicho con conocimiento de causa ha aprobado múltiples inconstitucionalidades, se puede y se tiene que recurrir a acciones de inconstitucionalidad que tendría que ser resuelta por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Si se diera ese escenario, lo digno sería que nuestro Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación presentara su renuncia, ello le daría mucha dignidad a su toga y evitaría que se perpetrara una infamia política jurídica.
Lic. Alberto Woolrich Ortíz.
Presidente de la Academia de Derecho
Penal del Colegio de Abogados de México, A.C..