Eduardo Sadot
El decreto emitido por el poder legislativo la semana pasada, donde los legisladores pretende erigirse en intérpretes de la Constitución, resulta malintencionado y sin fundamento sólido, cualquier estudiante de Derecho y con mayor razón los juristas expertos en derecho del poder legislativo, saben, si es el caso o, actúen de mala fe o, debieran saber, que un decreto del poder legislativo no puede ir en contra de la Constitución – Articulo 134 – menos en contra de leyes y reglamentos, que ellos mismos juraron – de acuerdo al artículo 128 Constitucional – cumplir y respetar la Constitución y las leyes que de ella emanen, los legisladores deben saber que la facultad de interpretar a la Constitución, no está dentro de sus facultades, es facultad exclusiva de la Suprema Corte de acuerdo a los artículos 104 y 105 constitucionales, entonces el adefesio de Decreto, nuca debió ser aprobado y lo aprobaron mayoritariamente, violando flagrantemente la Constitución, lo que debiera significarles responsabilidades por extralimitarse en su función, invadiendo intencionalmente la esfera de facultades de otro poder – en éste caso la esfera de funciones del Poder Judicial sin contar con facultades para ello, el decreto, es una confesión manifiesta de invadir facultades del Poder Judicial, desde el nombre “SE INTERPRETA EL ALCANCE DEL CONCEPTO DE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD Y APLICACIÓN DE SANCIONES CONTENIDAS EN LOS ARTICULOS 449, NUMERAL 1, INCISOS C), D) Y E) DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, Y 33. PARRAFOS QUINTO, SEXTO Y SEPTIMO Y 61 DE LA LEY FEDERAL DE REVOCACION DE MANDATO”, clarísimo, dice “se interpreta” y dónde está la facultad o el fundamento constitucional, para que el poder legislativo ejerza la función de interpretación del texto constitucional, no lo invocan, porque no existe.
No se ha visto el reclamo de la Corte sobre la invasión de sus funciones, tampoco se ha escuchado la voz de los “expertos”, exfuncionarios del poder judicial, hoy legisladores, para pronunciarse en el sentido de reclamar o al menos alertar de esa invasión de funciones o, no es posible que los presidentes de las cámaras, no sepan o no les hayan asesorado ante su eminente ignorancia, sobre lo que estaban proponiendo, es inconcebible la ignorancia, pero se hace evidente, su intención manifiesta – porque son expertos y lo saben – de violentar el derecho y la división de poderes, también establecida en la Constitución en el artículo 49.
En el fondo, todo apunta a ser un temerario intento de dar un golpe de Estado Jurídico, para asumir funciones que son competencia del poder Judicial, encubriendo la flagrante violación del artículo 134 de manera reiterativa desde el Poder Ejecutivo con la celebración de las mañaneras, lo que evidencia también, la dócil subordinación del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo y el silencio cómplice del Poder Judicial.
Estamos en la antesala de la desaparición de la división de poderes, pero algo más, legislar contra una norma constitucional de ésa manera tan descarada, es un ensayo para reformar la Constitución, sin cumplir con lo que la misma establece para ser reformada y ante la falta de mayoría calificada – cualificada en el derecho español – para aprobar reformas constitucionales, ensayan la manera de evadirla, de violentar el Estado de Derecho, con la tolerancia del poder Judicial, se reproducen los métodos de la Alemania Nazi al desaparecer la Constitución de Weimar. El surgimiento del Reichstag o el Tercer Reich – acá se llama cuarta transformación – Así de grave e increíble, pero real. Ya se manifestaron al respecto los líderes de partidos políticos, pero no todos, debieran leer el poema de Niemöller atribuido a erróneamente a Bertolt Brecht.
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