Héctor Calderón Hallal
La falsa disyunción contenida en el encabezado de este pretendido artículo, no podría retumbar con más estruendo en la conciencia de ninguna autoridad implicada en esa y en cualquier sanción injusta… ni siquiera en México, un país gobernado por un hombre que se dice producto de las luchas cívicas (callejeras) contra el autoritarismo y la discriminación política.
En un país –se reitera- donde su presidente se dice admirador del apóstol mexicano de la democracia, Don Francisco I. Madero y de Mahatma Gandhi, el gran líder de la resistencia pacífica que liberó al pueblo hindú del yugo del imperio británico.
Desafortunadamente hasta hoy a las 3 de la tarde, mientras no se desahogue la audiencia prevista para este 30 de diciembre prevista para esa hora, en el juzgado adscrito al penal femenil de Santa Martha, al oriente de la Ciudad de México, donde se desarrolla el proceso penal contra Rosario Robles Berlanga, exjefa de Gobierno de la capital de la República y mientras no hay un pronunciamiento de la autoridad que conoce de esa causa penal, que revierta la prisión preventiva justificada impuesta contra la exservidora pública, no se puede afirmar que López Obrador y su gobierno poseen la congruencia mínima necesaria para asumirse como un gobierno con todos los atributos que se han autoimpuesto de manera casi propagandista, al autodefinirse de frente al pueblo que lo eligió en 2018, eso sí, con una indiscutible mayoría.
Sí, hasta el momento en que el suscrito teclea este texto, en los albores de este 30 de diciembre de 2021, sí se puede afirmar que este es un gobierno que “encarcela a quienes sean contrarios en el signo electoral e ideológico, o sean un estorbo a las pretensiones de poder de la clase política formalmente instalada”.
El caso de Rosario Robles, política mexicana que personifica una larga cadena de puestos administrativos y de representación popular es, de suyo, el más relevante o significativo.
Sin duda, con este caso, recordaremos al gobierno de López Obrador, en unos de los atropellos jurídicos más memorables de un gobierno, a través de formas de prevaricación deliberadamente burdas, como lo es la interpretación torcida (dolosa) del concepto llamado ‘medida cautelar’ en un país como este, que no termina de usar -y abusar- de un sistema de justicia penal inquisitorio y mixto, cuando ya pretendemos adoptar un sistema nuevo, que no alcanzamos a dimensionar del todo; que está soportado en lo mejor de los modelos acusatorios y adversariales del mundo, heredero de las raíces romano-germánicas.
Un sistema por demás moderno y democrático, pues ahora se le da voz de defensa y objeción al imputado, combatiendo cualquier forma de automatización del proceso de impartición de justicia, frente a otro sistema como el anterior, donde los hombres y las mujeres implicados se reducían a números de expedientes impersonales, en un sistema de justicia sordo y ciego por elección y no por definición. Una justicia que sancionaba verdaderas “guerras de papel”, que era procurada e impartida por secretarios de juzgado, pues a los jueces rara vez le tratábamos personalmente.
Un sistema de justicia donde un expediente, trastocado en una ‘montaña de papeles’, como promociones, acciones promovidas ‘acorde’ o por ‘la misma cuerda’, actos prejudiciales, solicitudes de subsanar ‘irregularidades’, de inspección judicial, de fé ministerial… y hasta de fotocopias, al Juez, entre otras, podían constituir un arsenal de ‘prácticas dilatorias’ –voluntarias o involuntarias según el actor- útiles para atacar uno de los bienes jurídicos tutelados más valioso: la libertad del imputado o procesado.
Y es que desde que se nos vino promoviendo la famosa migración de un sistema de justicia penal a otro – del inquisitorio al acusatorio-, en el lapso comprendido de 2012 al 2018 digamos, se nos vendió al nuevo sistema de justicia penal como la solución mágica a todos los problemas de justicia en nuestro país.
Lo anterior, no obstante que, como se ha reconocido por los propios padres del modelo mexicano que entró en operación tras un proceso que culminó en 2018… tiene una notable necesidad de ser ajustado en aras de su funcionalidad plena.
El doctor Moisés Moreno Hernández, luminaria del derecho penal en México, discípulo presencial durante años de Hans Welzel, uno de los principales exponentes de la teoría finalista en el mundo e, indiscutible influencia para la integración del nuevo sistema de justicia penal para México, reconoce “la preocupación de millones de mexicanos que en los últimos tiempos experimentan un gran sentimiento de inseguridad provocado por la delincuencia en sus más diversas manifestaciones, destacando la de mayor violencia, que es la delincuencia organizada; pero, también, por la falta de respuestas oportunas y eficaces de los mecanismos de control e instituciones que conforman el sistema de seguridad pública y de justicia penal, para enfrentarlo y garantizar que sus bienes jurídicos no se vean afectados por el delito”.
A Moreno Hernández que es uno de los padres del nuevo sistema de justicia penal, le tocó ser uno de los articuladores e impulsores en su tiempo, reconoció pues en marzo pasado, que el nuevo sistema de justicia penal no es suficiente para enfrentar el delito con eficacia y oportunidad, en una honesta como loable estrategia impulsada por el Senado de la República, que se ha venido consolidando como una de las instancias políticas con mayor solvencia moral del actual Gobierno, encabezado –hay que reconocerlo- por un político liberal y congruente como Ricardo Monreal Ávila y respaldado por otro probo político como Dante Delgado Rannauro.
Estrategia puntual que convocó a lo más granado del pensamiento jurídico penal de nuestro país, a fin de recoger ideas o planteamientos para formular estrategias y hacer más oportuna como eficaz la lucha contra el delito.
Y entre esas estrategias esta la de legislar lo necesario para adecuar o hasta corregir seguramente, la intervención de algunas figuras como la de ciertas medidas cautelares, de las que el Gobierno mexicano, en sus diferentes niveles, ha abusado en los últimos meses… indiscutiblemente.
Se ha prostituido, hay que decirlo con todas sus letras, la medida cautelar de la prisión preventiva, específicamente la ‘justificada’, para llevar a cabo incluso ‘vendettas políticas’ con individuos opositores al actual gobierno.
Tan sólo en Veracruz, estado gobernado por el morenista Cuitláhuac Gutiérrez, fiel correligionario del presidente López Obrador y su movimiento, hay por lo menos 24 políticos que han sido arremangados por la pretensión punitiva del gobierno jarocho, bajo engañosas como novedosas figuras típicas, como una que le dan en llamar ahora “ultrajes a la autoridad” que en resumidas cuentas viene a agraviar deliberadamente la libertad de expresión.
También se ha hecho uso en Veracruz de esa medida cautelar tan socorrida, como la prisión preventiva justificada, en tanto se les ‘empapela’ a los detenidos… ´por el fundado temor del Estado de que se puedan los imputados sustraer de la acción de la justicia’. Típico argumento.
Tito Delfín Cano, Fabián Cárdenas, Roberto Trinidad de la Cruz, Casto Emilio Hernández, Gustavo Díaz, diputado oaxaqueño detenido en Veracruz , Pasiano Rueda Canseco, David Cárdenas, Antonio Gómez Pelegrín, exsecretario de Finanzas y Planeación del Estado en el gobierno de Javier Duarte de Ochoa, Jesús Uribe Esquivel, Azucena Rodríguez, exdiputada federal del PRD, Omar Ramírez, Elías González Villaseca, Jaime Rosales Vásquez, Nicolás Ruiz Roset, Rogelio Franco Castán, exsecretario de Gobierno de Veracruz, Gregorio Gómez. Ramón Ortíz Cisneros, líder de la Confederación Autónoma de Trabajadores y Empleados de México (CATEM), José Alfredo López Carreto, Armida Ramírez, exalcaldesa de Xalapa y colaboradora de Ana Gabriela Guevara, titular de la Conade, Efraín Rivera Hernández, regidor de Papantla, Yolli García Álvarez, Lucero Jazmín Palmeros, Bernardo Molina, subsecretario de Finanzas estatal y el caso más sonado como reciente… el de José Manuel del Río Virgen, secretario técnico de Junta de Coordinación Política en el senado de la República. En este último por ser supuesto autor intelectual de un homicidio, donde no solo no hay pruebas, sino que nadie, ni la familia de la víctima hace señalamientos sobre él. También se le imputó ‘ultrajes a la autoridad’.
Un total asombroso de 24 actores políticos detenidos en tan sólo lo que lleva de gobierno, Cuitláhuac García. De todos ‘colores, olores y sabores’…de todas las filiaciones políticas…claro, predominan priístas, panistas y perredistas. Un muy alto récord de detenidos.
La figura de la medida cautelar en nuestro país también ha tenido caóticas interpretaciones por los titulares de órgano jurisdiccional.
Es el momento de legislar para hacer las reformas y adecuaciones correspondientes. No debe haber un abuso de la figura. No debe por ningún motivo, vulnerarse más el principio de la presunción de inocencia.
Es excesivo su uso.
Hace tan sólo unos días, un diario capitalino dio cuenta del abuso que se cometió con un discapacitado (mentalmente) que vende bolígrafos en un crucero de la Ciudad de México.
Fue detenido con lujo de violencia, a sus 33 años de edad y sus 45 kilogramos de peso aproximadamente, por lanzarle pedradas a otro vendedor discapacitado que le disputó el crucero, en un sector de la alcaldía de Iztapalapa.
Al llegar al juzgado, ni el agente del Ministerio Público ni el secretario pudieron con ‘la ecuación de tercer grado’ que significaba el asunto, no obstante que el imputado sólo balbuceaba su nombre y no sabía su domicilio correcto.
Le fue dada la prisión preventiva oficiosa –para no batallar- y durante 72 horas , la pobre madre –y tutora- casi se vuelve loca de no saber de su muchacho; gente humilde donde todos los miembros del núcleo familiar tienen que salir a la calle a buscar el sustento.
El muchacho –imputado- fue acreedor a la prisión preventiva sin tener a un mayor a un tutor que lo representase en la audiencia, no obstante su evidente estado de incapacidad. Llegaron a argumentar los ‘letrados’, que con sus 45 kilogramos de peso, ‘pudo haber matado a la persona a la agredía’, otro vendedor discapacitado como de 90 kilogramos de peso, en plenitud física para desplazarse, identificarse y expresarse verbalmente, a diferencia del incapaz hecho preso.
Definitivamente, las medidas cautelares por definición, son solo un medio para alcanzar un fin determinado, evitando la sustracción del imputado, la acción de la justicia, obstaculización de la investigación, o la existencia de un peligro real o inminente para la integridad de la víctima, ofendido o testigos.
No tienen relación con el establecimiento del hecho investigado, no obstante, en algunos casos la naturaleza oficiosa en nuestro país de esa medida cautelar, no tiene relación con la demostración del hecho delictivo.
Son revisables en todo momento siempre y cuando hayan variado objetivamente las condiciones que motivaron su imposición.
De ahí la importancia que tiene para el propio Gobierno el desarrollo de la audiencia sobre el caso de Rosario Robles este día, en el Juzgado adscrito al penal de Santa Martha. Será una oportunidad inmejorable, para que el gobierno de la 4 T demuestre su vocación por la justicia y por el respeto a la vida y la libertad de las personas… así sean enemigos políticos.
Porque a Rosario Robles le fue imputado un hecho falso por la propia autoridad (el domicilio falso que se le atribuyó mediante licencia de conducir falsa), además de que no se le permitió dada su edad y no siendo delito grave, cumplir con su condena en su propio domicilio, al serle dictada la prisión preventiva ‘justificada’ y no la oficiosa.
Y si… es una presa política en tanto no demuestre reivindicación el Juez esta tarde de su situación. Esperemos… por el bien de la justicia penal mexicana.
Y por el bienestar de la conciencia de las autoridades de nuestro país.
Autor: Héctor Calderón Hallal
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