Ramsés Ancira
A Edgar Elías Azar, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Hay un pudor en el periodista de publicar asuntos personales, pero vivir en carne propia experiencias que pueden pasarle a cualquier persona que no tenga foro para publicarlas, anima a vencerlas. Se dice en la profesión que los periodistas estamos para dar respuestas y no incomodar a los lectores con preguntas, pero en descargo le quiero invitar a usted a dar su veredicto. Estos son los hechos:
Hace seis años tuve el infortunio de ganar un juicio civil. Digo infortunio porque la parte acusadora se desquitó elaborando un largo fraude procesal.
El hecho es que me acusaron de incumplir con un contrato verbal de arrendamiento. Alegué que no era así pues contaba con un contrato firmado en el que ambas partes conveníamos por escrito el arrendamiento de un departamento. Lo presenté ante el juzgado y me dio la razón. Gané el juicio.
Entonces le pidieron a un familiar que ocupaba ese departamento que les diera una copia para renovar el contrato escrito en los mismos términos. La entregó. Aparentemente sobre la firma del dueño, quien ya había fallecido, sobre escribieron. Luego, con esa fotocopia me acusaron a mí del delito que ellos estaban armando, de fraude procesal, sin informarme de ello. Así transcurrieron seis años.
La acusación se podía desechar fácilmente ya que además del contrato, mientras vivió, mi casero me entregó recibos de renta, con su firma que no fueron objetados.
La persona que se ostentaba como albacea, en una primera herencia, solo había recibido las joyas de la familia, y al parecer un departamento en Madrid, España, pero no bienes inmuebles en México.
No se si tres, cuatro o cinco veces, jueces penales negaron la orden de aprehensión que ella pedía en mi perjuicio, pero al final hubo uno que la concedió.
Al apelar a la misma el caso recayó en la sexta sala de los tribunales del Distrito Federal. Pedí audiencia a la magistrada María de Jesús Medel Díaz para exponerle mis razones.
La secretaria ni siquiera le quiso informar de mi presencia alegando que el expediente era muy voluminoso y que terminaría de estudiarlo entre el 12 y el 14 de julio. Regresé en la primera fecha y no me recibió, llegó la segunda y en primera instancia, tampoco, pero insistí y al fin me dejó pasar en la tercera ocasión tras una larga antesala.
Espontáneamente le tendí la mano y me rechazó el saludo alegando que había muchos virus. Quise presentarme pero me interrumpió:
– Hábleme de su caso. Lo recibo porque es mi obligación escucharlo, pero todos se dicen inocentes.
No lo reflexioné de inmediaro, pero luego al platicarle a un amigo me dijo que es un principio universal que la magistrada eludía expresamente: todos somos inocentes hasta que no se compruebe lo contrario.
No es esa la actitud de Medel, sin escucharme, sin querer recibir los documentos que podían ayudarle a tomar la resolución, los rechazó. Explícitamente anteponía el prejuicio de mi culpabilidad.
Me ofreció sin embargo que utilizaría criterios científicos para tomar una resolución, aunque me advirtió que no sería hasta después de las vacaciones que terminaban el 1 de agosto.
En ese momento la interrumpieron para decirle que había llegado un amparo sobre el que tenía que resolver en forma urgente. Quizá una orden superior.
Al día siguiente firmó el proyecto donde se ratificaba el auto de formal prisión. No consideró necesario estudiarlo con las pruebas que en mi defensa había argumentado, entre otras que el perito de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal determinó que la firma sobre impuesta no tenía relación con mi caligrafía ni se me podía achacar su ejecución.
Ni yo, ni muchos de los lectores que me han seguido hasta aquí somos abogados y obviamente al ser parte interesada exijo prevalezca la presunción de inocencia, pero creo estar en mi derecho de compartir con usted que en base al sentido común, del que parece carecer la magistrada Medel, juzguen los lectores y lectoras si procedió o no conforme a derecho, o si debería llevar el caso ante la magistratura o la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
A mí me bastaría con una disculpa o con que la magistrada María de Jesús Medel Díaz asuma el compromiso público de que en adelante se regirá por la presunción de inocencia mientras no haya pruebas contundentes, inobjetables e indubitables en contrario. Sea usted juez.
El 19 de julio la acusadora debería comparecer ante el juzgado primero penal de delitos no graves para ratificar su declaración. A pesar de ser notificada con la debida oportunidad de que se requería su presencia a las once de la mañana, partió a Madrid a las 22:50 de ese mismo día, alargando mi estado de indefensión y mi derecho al careo.
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