Redacción MX Político.- Dos jueces federales han concedido suspensiones para frenar la entrada en vigor del programa piloto en 960 escuelas públicas por considerarlo inconstitucional y que analizará la constitucionalidad del nuevo modelo educativo.
Así lo da a conocer esta mañana el diario Reforma, que señala que el juez octavo de Distrito en Materia Administrativa, Martin Santos, concedió el 5 de octubre una suspensión definitiva a la organización Educación con Rumbo, en tanto que el juez sexto de Distrito, Francisco Javier Rebolledo, concedió otra el lunes a la misma organización.
La SEP ha planteado que impugnará las suspensiones ante tribunales colegiados, pero mientras el caso se resuelve se debe aplicar la suspensión ordenada judicialmente.
El pasado 2 de octubre, la secretaría señaló que presentaría un recurso que queja contra la decisión del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México,que suspendió la aplicación del programa piloto por considerarlo inconstitucional.
De acuerdo con Reforma, el pasado viernes un tribunal colegiado revocó el fallo de Rebolledo por dos votos contra uno. Sin embargo, el pasado lunes el juzgador concedió la suspensión definitiva.
Sin embargo, advirtió que mientras continúa el proceso legal, “seguirá la implementación del Programa Piloto del nuevo Plan de Estudios para la Educación Preescolar, Primaria y Secundaria en 960 escuelas del país”.
La SEP emitió entonces una comunicación en la que señaló que no había sido emplazada en el juicio de amparo. Sin embargo, señalo que tras consultar el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes de la página del Consejo de la Judicatura Federal, pudo corroborar la suspensión provisional, publicada el pasado 30 de septiembre.
El abogado Miguel Ángel Ortiz, representante de “Educación con Rumbo”, argumentó que el artículo 28 de la Convención sobre Derechos del Niño establece que la educación que imparta el Estado debe realizarse en condiciones de igualdad.
En ese sentido, consideró que el Programa Piloto de la SEP es inconstitucional al establecer dos modelos de educación: uno para 960 escuelas públicas “que no cumple con el estándar de calidad, que no cuenta con la certeza de los planes, programas y material educativo que servirán de base, además de que los maestros no hayan sido previamente capacitados; y otro para el resto de escuelas públicas y privadas”.
El letrado, de la firma de origen español Cuatrecasas, dijo que no existe justificación legal para que la SEP únicamente implemente el Programa en escuelas públicas, por lo que el modelo que se aplicará a los niños de las 960 escuelas públicas es discriminatorio y se trata de un modelo “prueba-error”, el cual calificó de experimental y, por ende, inconstitucional al tratarse de un Programa que no garantiza la educación científica ni de calidad en condiciones de igualdad como lo establece la Constitución.
Por su parte, Paulina Amozurrutia, coordinadora nacional de “Educación con Rumbo”, calificó como “una decisión valiente y sin precedentes del Poder Judicial” la suspensión provisional del programa piloto.
Apuntó que esta determinación “obliga a las autoridades a replantear la política educativa del país a la luz de los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales en favor de los menores y a garantizar la participación y aprobación de la sociedad civil tal y como establece el artículo 135 de la Ley General de Educación”.
Agregó que el amparo concedido es un logro inédito y relevante de la sociedad civil para garantizar el interés superior de los niños y niñas de México y “asegurar una educación en condiciones de igualdad, sustentado en el método científico y libre de contenidos ideológicos”.
jpob
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