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EL inconstitucional artículo 10 de la Ley de Ingresos 2024: ¿Una puerta abierta a cobros ilegales y abusos del Ejecutivo?

Redacción Por Redacción
26 noviembre, 2024
en José Alberto Sánchez Nava
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José Alberto Sánchez Nava

“La falta de técnica legislativa en leyes fiscales vulnera la legalidad tributaria y fomenta abusos del Ejecutivo, amenazando el equilibrio democrático.”

 

1.- Introducción

En el marco del análisis jurídico de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2024, surge un punto crítico: el artículo 10, el cual autoriza al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para fijar y modificar los montos de los aprovechamientos que se cobrarán durante el año fiscal. A simple vista, esta disposición puede parecer una herramienta administrativa eficiente; sin embargo, al profundizar en su contenido y consecuencias jurídicas, se revela una potencial transgresión al principio de legalidad tributaria consagrado en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2.-¿Qué establece el artículo 10 de la Ley de Ingresos 2024, y por qué genera controversia?

El artículo 10 permite al Ejecutivo Federal fijar o modificar los montos de aprovechamientos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes del dominio público de la Federación, así como por la prestación de servicios en ejercicio de funciones de derecho público. Esto incluye la posibilidad de definir cuotas para bienes o servicios que no estén regulados en otras leyes, como la Ley Federal de Derechos. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para determinar dichos montos, tomando en cuenta criterios como la eficiencia económica y el saneamiento financiero.

La controversia surge porque esta disposición parece atribuir al Poder Ejecutivo funciones que corresponden exclusivamente al Poder Legislativo, en virtud del principio de reserva de ley. Este principio establece que todo tributo o aprovechamiento debe ser creado, determinado y regulado únicamente por el Congreso de la Unión, como representante del pueblo. La Constitución no permite que estas atribuciones sean delegadas a ninguna otra autoridad.

3.-El principio de legalidad tributaria: fundamento constitucional

El artículo 31, fracción IV de la Constitución establece la obligación de los mexicanos de contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa, de acuerdo con lo que dispongan las leyes. Este principio implica que solo el Poder Legislativo puede crear y regular contribuciones, incluyendo impuestos, derechos y aprovechamientos. Esta reserva de ley es fundamental para garantizar que los tributos sean establecidos con transparencia, mediante un proceso deliberativo democrático, y que los ciudadanos conozcan con precisión las reglas bajo las cuales deben cumplir con sus obligaciones fiscales.

El principio de legalidad tributaria tiene una correlación directa con la Ley Federal de Derechos, que regula el cobro de derechos por el uso de bienes nacionales. En este contexto, cualquier disposición que permita a una instancia distinta del Congreso fijar montos de aprovechamientos podría considerarse una violación a la Constitución, pues rompe con el principio de certeza jurídica y deja a discreción del Ejecutivo decisiones que deberían emanar del Legislativo.

4.-Implicaciones prácticas del artículo 10

El artículo 10 también plantea desafíos operativos y riesgos jurídicos. Al otorgar al Ejecutivo Federal la facultad de fijar montos de aprovechamientos, se crea un espacio para decisiones discrecionales que podrían generar incertidumbre tanto para los ciudadanos como para las empresas que interactúan con bienes del dominio público. Además, esta disposición puede dar lugar a litigios fiscales, ya que los contribuyentes podrían impugnar los cobros realizados con base en el artículo 10 por considerarlos inconstitucionales.

Otro problema importante es la falta de claridad sobre los criterios de eficiencia económica y saneamiento financiero, que son subjetivos y carecen de una metodología definida en la ley. Esto abre la puerta a interpretaciones arbitrarias y a la posible falta de proporcionalidad en los cobros.

5.-El papel del Poder Judicial

Dada la relevancia de este tema, es probable que el artículo 10 sea objeto de controversias constitucionales. Los tribunales tendrán la responsabilidad de determinar si esta disposición contraviene el principio de legalidad tributaria y si es necesario limitar las facultades del Ejecutivo en esta materia. En caso de declararse su inconstitucionalidad, se sentaría un precedente importante para reforzar la separación de poderes y proteger las garantías constitucionales de los contribuyentes.

6.-Conclusión

El artículo 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para 2024 representa un caso paradigmático de cómo una disposición legal puede vulnerar principios fundamentales de la Constitución, como el de legalidad tributaria. Permitir que el Ejecutivo Federal determine los montos de aprovechamientos por el uso de bienes nacionales pone en riesgo la certeza jurídica y la equidad en el sistema fiscal. La solución pasa por restituir estas facultades al Congreso de la Unión, asegurando que los cobros por el uso de bienes públicos sean establecidos mediante un proceso legislativo transparente y democrático.

El debate sobre este artículo no es solo técnico; es un llamado a defender el equilibrio de poderes y la supremacía constitucional en el diseño de nuestras leyes.

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