Miguel Ángel Cristiani
La permanencia de Martín Aguilar Sánchez hasta el año 2029 no es el resultado de un proceso democrático y abierto, sino de una carambola administrativa ejecutada por la Junta de Gobierno de la UV. El núcleo del conflicto radica en el límite de edad establecido por la propia Ley Orgánica, que señala que el titular de la Rectoría debe tener menos de 65 años. Al cumplir 67 años, Aguilar Sánchez se encontraba legalmente impedido para buscar un segundo periodo ordinario, lo que motivó la solicitud de una “prórroga” excepcional que ha sido calificada como un acto de “usurpación” por diversos sectores académicos.
La respuesta de la comunidad universitaria fue inmediata y contundente. La formación de la Red UV por la Legalidad y la interposición de al menos nueve juicios de amparo demuestran que el malestar no es superficial. Académicos de la talla de Jorge Manzo Denes, Rafael Vela Martínez y exdirectores como José Luis Cuevas Gayosso han señalado que la interpretación de la ley por parte de la Junta de Gobierno fue indebida y excesiva, vulnerando los derechos de otros aspirantes y la propia estabilidad institucional.
Resulta revelador que, ante la imposibilidad de cumplir con la norma, se optara por la vía de la prórroga en lugar de abrir una convocatoria transparente. Esta maniobra no solo cerró las puertas a la renovación generacional y de ideas en la universidad, sino que sembró una duda razonable: ¿por qué tanta terquedad en quedarse? La respuesta, según se afirma en los cafés de Xalapa y en los cubículos de investigación, no es la continuidad de un proyecto académico —calificado por muchos como “gris”— sino la consolidación de un esquema jubilatorio de élite.
Juicio / Recurso Legal Promotor Principal Resolución Final
Primer Amparo Rafael Vela Martínez Desechado/Sobreseído tras meses de litigio
Amparo Colectivo José Luis Cuevas Gayosso Confirmada prórroga por Tribunal Colegiado
Solicitud de Atracción SCJN Aspirantes UV Desechada por la Suprema Corte
Queja Administrativa Red UV por la Legalidad Resolución a favor de la autonomía interna
La validación judicial de la prórroga por parte del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, bajo el argumento de la “autonomía universitaria”, ha cerrado el capítulo legal pero ha dejado abierta la herida ética. La autonomía no debería ser una patente de corso para que un grupo en el poder ignore los requisitos de elegibilidad. Como ha señalado el constitucionalista Diego Valadés, este tipo de interpretaciones debilita la esencia misma del derecho universitario y lo convierte en un instrumento de intereses grupales