CIUDAD DE MÉXICO.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró por unanimidad, las inexistencia de las infracciones de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y vulneración a las reglas para la presentación de informe de labores atribuidas por el PRD al Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por la realización del evento denominado Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno, el pasado 30 de marzo.
Lo anterior, pues a consideración del partido denunciante, la participación del primer mandatario derivó en la difusión de acciones y logros realizados durante su gestión, lo que posicionó a MORENA y resaltó la propia imagen y nombre del jefe del Ejecutivo, en el marco de los procesos electorales federal y locales en curso.
El Pleno consideró que de las expresiones vertidas por el Presidente no se desprende la finalidad de buscar una incidencia electoral, ya sea para favorecerse a sí mismo, o para favorecer o afectar a alguna fuerza política; por el contrario, refieren a logros de gobierno, avances o desarrollo, así como beneficios y programas cumplidos, lo cual constituye propaganda gubernamental permitida.
De igual manera, se ordenó dar vista a la UTCE para que, de considerarlo conducente, investigue lo relativo a la posible actualización de alguna infracción electoral por parte de diversas concesionarias de radio y televisión de Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora, por la difusión del evento durante el periodo de campaña, así como por parte del titular del CEPROPIE.
AM.MX/fm
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