Por Aurelio Contreras Moreno
El pasado 28 de febrero, en este mismo espacio se relató cómo en un exceso de soberbia o de cinismo, en el gobierno de Miguel Ángel Yunes Linares se violaba abiertamente la ley al promover con recursos públicos la imagen de su hijo del mismo nombre, candidato de la coalición “Por México al Frente” a la gubernatura.
En esa ocasión, Yunes Linares invitó a su vástago a la inauguración del Hospital Infantil de Veracruz, y éste aprovechó la ocasión para destacar el hecho en sus redes sociales y hasta utilizó el mismo eslogan oficial que promueve la administración estatal este año, “mira qué cambio”.
Manifestamos en ese texto que se violaba el principio de imparcialidad establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su párrafo séptimo dispone que los servidores públicos “tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos”. La Constitución de Veracruz también incluye ese precepto en su artículo 79.
Asimismo, se señaló que el candidato Miguel Ángel Yunes Márquez –que se registró oficialmente como tal ante la autoridad electoral local el pasado lunes 19 de marzo- incurrió en un delito electoral contemplado en el artículo 317 del Código Electoral para el Estado, donde se determina que constituye una infracción de los aspirantes a un cargo de elección popular “solicitar o recibir recursos, en dinero o en especie, de personas no autorizadas” en la normatividad.
Pues con todo y la exhibición de estas conductas abusivas y abiertamente violatorias de la ley, así como de las denuncias que interpusieron algunos partidos –sobre las cuales “extrañamente” no se ha pronunciado aún la autoridad electoral-, todo parece indicar que al régimen eso le importa un comino, pues no solo no ha modificado sus “estrategias”, sino que continúa desviando recursos para favorecer a sus candidatos, simulando que se mantiene dentro de los márgenes de la legalidad.
El pasado 13 de marzo, en la página de Facebook de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSP) fue publicada una ilustración alusiva al programa social “estrella” del gobierno estatal, “Veracruz comienza contigo” –que pertenece a la Secretaría de Desarrollo Social, no a la SSP-, en la que aparece en una fotografía junto con niños de escasos recursos la ex secretaria de Desarrollo Social estatal Indira Rosales San Román.
Sólo que la aludida renunció a ese cargo el pasado 16 de febrero para registrarse como precandidata a senadora del PAN por la vía plurinominal. De manera ilegal, en las redes sociales de la SSP se promovió la imagen de una aspirante a un cargo de elección popular durante seis días, pues la ilustración fue retirada de Facebook hasta este martes 20, dos días después de que el PAN registró formalmente ante el Instituto Nacional Electoral su lista de candidatos plurinominales al Senado de la República.
Si bien es cierto que en la citada ilustración no se pedía el voto para la ex funcionaria, el sólo hecho de promover su imagen, además de violentar las normas expuestas anteriormente, constituye según la teoría del Derecho, y de la misma manera que lo hizo Yunes Márquez, un “fraude a la ley”, figura que contempla los abusos cometidos a través de la simulación de actos supuestamente legales.
Aunque en realidad, a quien le hace fraude el régimen que prometió un cambio en las prácticas de la política en la entidad, es a todos los veracruzanos.
Réplica
La señora Melva López solicitó derecho de réplica a lo publicado en la Rúbrica titulada “¿Estafa en Halcones UV?”. Debido a su extensión, por cuestiones de espacio se transcribe aquí un extracto con lo sustancial.
“Por lo que respecta al viaje a Orlando, Fl., (…) es importante resaltar que los padres de familia en todo momento tuvieron conocimiento de que en ambos torneos no se representaba a la Universidad Veracruzana, por lo que deslindo a la Máxima Casa de Estudios, Fundación de la UV y Head Coach, de las afirmaciones efectuadas en la columna.”
“Por lo que respecta a la transportación aérea, se realizó con un prestador de servicio de venta de boletos vía internet y que en efecto incumplió con la compra de los boletos de avión México-Orlando, por lo que el día del viaje y al momento de realizar el check in en la taquilla de la aerolínea, nos informaron que dichos boletos estaban en estatus de reembolsados. Razón por la cual, en compañía de tres papás tomamos la decisión de volver a comprar los boletos de avión para no perder el resto del paquete ya liquidado en ese momento. (…) Me comprometí con estos tres papás a hacer frente a los costos derivados de esta situación, por lo que en días posteriores al viaje, se realizó el pago a cada uno de ellos, haciéndome cargo del riesgo y asumiendo la totalidad de los costos adicionales.”
“Una servidora presentó ante la Unidad de Atención Temprana de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, una demanda por fraude y abuso de confianza contra la persona que incumplió el servicio en la venta de boletos, misma que presenté a título personal, por ser finalmente la única agraviada toda vez que se trata exclusivamente de mi dinero y no de los padres de familia que en su momento apoyaron, hecho que consta con las fichas de depósito que obran en mi poder” (sic).
Servida.
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