Redacción MX Político.- El gobierno encabezado por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) promulgó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma contra el fentanilo, misma que modifica la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos.
Ante la crisis sanitaria de Estados Unidos (EEUU) de muertes por sobredosis de fentanilo, el gobierno mexicano implementó una iniciativa que articula al Estado mexicano para combatir, no sólo al opio y sus derivados (sintéticos o naturales), sino también contra todo precursor de la droga que deja más de 100 mil muertes anuales en la unión americana.
Ahora, con esta iniciativa, en materia de vigilancia participara la Secretaría de Marina (Semar) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), esto para establecer mecanismos más estrictos que puedan advertir al gobierno si alguno de los precursores se están utilizando para generar drogas sintéticas.
Además, se tomará como un tema de seguridad pública y salud pública la generación de drogas sintéticas como el cristal o el fentanilo, por lo que las secretarías encargadas de cada rubro deberán de aplicar modelos especializados para atenuar las secuelas que ha dejado la producción, comercialización y consumo de este flagelo.
Asimismo, se investigarán a “personas físicas o morales que realicen cualquiera de las actividades reguladas por esta Ley”. Esto para evitar que los proveedores de precursores químicos para la elaboración de medicamentos o drogas legales incurran en la participación del narcotráfico.
“Las personas físicas o morales deben acreditar que las actividades reguladas que realicen coinciden con su actividad comercial u objeto social y que corresponden a los permisos de importación y exportación obtenidos”
En el Artículo 12 de esta ley, por ejemplo, se vislumbra un marco legal estricto para evitar la colaboración de proveedores del ramo farmacéutico, pues se especifica que “las personas físicas o morales deben registrar cada actividad regulada que realicen en el Sistema Integral de Sustancias, en un plazo que no exceda las veinticuatro horas, contadas a partir de que lleve a cabo la actividad”.
Bajo éste nuevo régimen, se auditarán siete datos, donde los más importantes son el rendimiento teórico, órdenes de producción y cualquier información que se deba reportar en el Sistema Integral de Sustancias.
De acuerdo con el gobierno federal, esta iniciativa guarda la intención de “contribuir a la prevención, detección del desvío o uso y castigo de la producción ilícita de drogas sintéticas”, esto para garantizar un Estado de bienestar en relación a la producción de este tipo de estupefacientes.
El nivel de adicción del fentanilo es sumamente elevado, a tal grado que el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) de EEUU estimó más de 100 mil muertes anuales en ese país. La agencia estadounidense define al fentanilo como “un opioide sintético que es hasta 50 veces más fuerte que la heroína y 100 veces más fuerte que la morfina” y que estas características son las que propician que miles de personas sean víctimas de sobredosis.
Como si esto no fuera suficiente, se señala que los narcotraficantes suelen añadir otras drogas, por lo que se vuelven más baratas, potentes, adictivas y peligrosas. De hecho, se estima que diariamente mueren más de 150 personas por el consumo de esta sustancia.
jpob
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