* Allá, debido a la usurpación del poder para elevar un dictador, hay muertos en las calles; acá, gracias a la democracia incapaz de silenciar la violencia y poner orden, trufaron el territorio nacional de fosas clandestinas. Hablan, en Relaciones Exteriores y en muchos círculos políticos, de la soga en casa del ahorcado
Gregorio Ortega Molina
Administradores públicos, representantes populares, comerciantes y banqueros o capitanes de la industria escudan sus trapacerías en un supuesto bien mayor, de tal modo que aunque sus actos en lo oscurito no signifiquen intercambio pecuniario de inmediato, al entrar en juego el futuro de la nación y los principios constitucionales y legales supuestamente inmarcesibles, la corrupción adquiere dimensiones inimaginables.
Claudia Ruiz Massieu, que nada sabe de esos principios inatacables e intocables, despreció verbalmente la política diplomática de la no intervención; su sucesor, simplemente dejó de observarla e hizo que él junto con su presidente -también de los mexicanos- incurrieran en flagrante violación a la fracción X del artículo 89 constitucional, que determina las facultades y mandato del presidente de México en funciones.
Es un suceso mayor e indicativo de los niveles de decadencia del modelo político, pues del proyecto de nación emanado de la Revolución ya ni hablar, simplemente desapareció sepultado por la codicia y el servilismo al servicio del Salón Oval.
Trajano, cuya vida y milagros el presidente EPN presumió de conocer, fue un globo de oxígeno para Roma y un resurgimiento de los valores éticos y morales del Imperio, en tanto su sobrino se daba el tiempo de traicionarlo. El gobierno de Adriano no fue menor.
Valores éticos, morales y cívicos, entonces. El maestro Enrique Sánchez Bringas, en su libro sobre derecho constitucional, al referirse a las facultadas del presidente, y concretamente a lo especificado en la fracción X del artículo 89, anotó:
“La jefatura de Estado le permite al presidente regir la política exterior del país, sujetándose siempre a los siguientes principios normativos:
“La autodeterminación de los pueblos. Este postulado se traduce en la tradicional idea de soberanía. Significa que el presidente debe defender la autodeterminación de cada Estado nacional, oponiéndose a cualquier acción que atente contra ese principio…
“La no intervención. Por virtud de este principio, el presidente debe oponerse a las tendencias de algunos estados destinadas a dominar a otros, afectando la autodeterminación de los pueblos… baste recordar los casos de Granada y Panamá, durante la década de los ochenta…”.
Quienes se escudan en el bien mayor para justificar sus violaciones graves a la norma constitucional, argumentan que el concepto de soberanía es obsoleto, y que los valores que dieron aliento y vigencia al proyecto de México como nación independiente, perdieron vigencia. Nada más falso.
De querer ampliar sobre el tema sugiero a don Luis Videgaray Caso que obtenga del Archivo Histórico Diplomático Mexicano la obra de Genaro Estrada, Diplomacia en acción, donde se abunda en las razones de la no intervención, y se descubren los motivos por los cuales Dwigth W. Morrow, puso todo su empeño para que el secretario de Relaciones Exteriores de México abandonara el cargo, porque le resultaba incómodo para las pretensiones estadounidenses, precisamente por la Doctrina Estrada. Hoy, se pliegan.
Como lo muestra el alineamiento con las sanciones de Estados Unidos a Venezuela, e incluso determinar sumarse a la aplicación de esos castigos que excluyen de la comunidad, porque disgusta su gobierno.
Allá, debido a la usurpación del poder para elevar un dictador, hay muertos en las calles; acá, gracias a la democracia incapaz de silenciar la violencia y poner orden, trufaron el territorio nacional de fosas clandestinas. Hablan, en Relaciones Exteriores y en muchos círculos políticos, de la soga en casa del ahorcado.
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