Nuevas modalidades como presencia de negociadores “de primer contacto” y policías sin armas letales. Podrán suspenderse las manifestaciones.
Redacción MX Político.- Hoy salió publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el protocolo de actuación de las autoridades para atender manifestaciones y bloqueos viales; por lo que este martes 12 de noviembre entrará en vigor.
Destacan como novedades, las siguientes:
Se pretende privilegiar el diálogo, mediante negociaciones por medio de concertadores adscritos a la Secretaría General de Gobierno, que exhorterán a los protestantes a continuar con manifestaciones alternativas, pero si el bloqueo continúa o hay peligro inminente en la integridad de las personas, las manifestaciones cívicas se podrán disolver, con la intervención policial y atendiendo protocolos de derechos humanos, aunque después pueda reactivarse la negociación; en este caso, si el bloqueo es de las consideradas vías primarias.
Además de los funcionarios de los llamados concertadores, como parte de ese cuerpo de funcionarios de “primer contacto”, se prevé que participen elementos de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCDMX), quienes indistintamente recogerán peticiones de los manifestantes y serán el canal único para la negociación con las autoridades, por lo que el contacto y el diálogo con estos funcionarios durante la marcha será fundamental para la validación de trámites y demandas.
Cabe destacar que este nuevo protocolo irá de la mano con el Plan Operativo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México para la Protección de Personas en el Contexto de Manifestaciones o Reuniones; ordenamiento que ya surte efectos.
Hace aproximadamente 18 días, una vez que la Jefa de Gobierno de Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, anunció de la creación de este protocolo de actuación, una comisión de 10 defensores de los derechos humanos, entre ellos la titular de la Comisión de Derechos Humanos en la CDMX, se dio a la tarea de formularlo .
En este, ha quedado establecida y delimitada, la intervención de los elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana; la cual se valorará y documentará, además de que los adscritos deberán de sujetarse en su actuación a ese mismo ordenamiento que entra en vigor, de acuerdo a sus capítulos quinto y octavo, que versan sobre el uso de la fuerza y el derecho al libre tránsito, respectivamente.
De igual forma, se establece que los cuerpos policiales que intervengan deberán de usar uniforme y placa visible; pudiendo solamente portar armamento (de control corporal), aquellos elementos de protección aprobados en la normatividad respectiva, pero no armas letales.
hch