Para Contar
Arturo Zárate Vite
Sin entrar a fondo en la argumentación, solo en base a una operación simple de matemáticas, una suma, el asunto obliga a revisión exhaustiva de los que están encargados de vigilar que la impartición de justicia sea conforme a Derecho e imparcial.
14 magistrados federales en materia administrativa han resuelto, por unanimidad, que se le indemnice por tortura.
Juzgado Primero de Procesos Penales y el Quinto Tribunal lo declararon inocente de las imputaciones que tenía en su contra.
Sin embargo, una magistrada y una secretaria de acuerdos en funciones de magistrada, del 7o. Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, lo encontraron responsable, a pesar de que no se cumplen circunstancias de modo, tiempo y lugar y de haber llegado al extremo de considerar como “abuso sexual” beso en la mejilla.
Se trata de un episodio que va a sentar precedente y que espera que se haga justicia en su etapa final, porque la verdad, tarde o temprano, sale a flote y echa abajo mentiras.
En número, en simple suma, hay 16 magistrados que lo ven como víctima, tanto de tortura como de una infamia.
Tres magistrados de Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y 11 integrantes de la sala superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa han decidido que se debe indemnizar tanto al torturado como a su familia.
Hay fotografías, testimonios, Protocolo de Estambul (estudio reconocido internacionalmente para medir dolor físico y psicológico), Recomendación 27/2013 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la aceptación de la autoridad responsable de la tortura, la extinta Comisión Nacional de Seguridad, que todavía en el sexenio anterior dependía de la Secretaría de Gobernación (Segob).
No hay la más mínima duda de que la tortura existió y por eso la unanimidad de los magistrados al conocer el caso, para que el Estado repare el daño moral y físico causado a la víctima.
El numeral 74 de la Recomendación de la CNDH precisa “que de la información y las constancias recabadas, se advirtió que hubo un exceso del término de las 72 horas para que las autoridades judiciales resolvieran la situación jurídica de V1, por lo cual, se dará vista respectiva ante el Consejo de la Judicatura Federal a fin de que en el ámbito de su competencia, determine lo procedente”.
O sea, la tortura se cometió en el contexto de la violación del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala la obligatoriedad del cumplimiento de las 72 horas para que se defina la situación jurídica del acusado.
La historia numérica se complementa con la actuación del Juzgado Primero de Procesos Penales de la Ciudad de México y del Quinto Tribunal Unitario. Uno declaró inocente al inculpado y el otro confirmó la inocencia. Los titulares de estas instancias, de haberse equivocado o favorecido al acusado, hubieran sido exhibidos y quizás hasta cesados, como ha sucedido en algunos episodios relacionados con acoso o abuso sexual.
Sin embargo, el episodio no terminó en esta etapa, porque extrañamente, con juzgadores del 7º. Tribunal Colegiado, que pareciera fueron sorprendidos, se trastocó el proceso (179/2019 y 95/2020).
A la luz del compromiso de las autoridades judiciales de combatir la corrupción, la parte afectada lo único que quiere es que se haga con lupa una revisión, conforme a Derecho.
Hay 16 juzgadores que lo ven como víctima y solo 2 disienten.
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