Por Mouris Salloum George*
Desde Filomeno Mata 8
Entre las tipificaciones contenidas en el Código Penal Federal -salvo que esté en letras muy chiquitas- no encontramos una que hable del peligro para México.
En cambio, en el artículo 123 de ese texto se encuentra el delito de traición a la patria, que consiste en crimen contra la independencia, la soberanía y la integridad de la nación.
Traicionar a la Patria sale relativamente barato: Desde el punto de vista económico, 50 mil pesos de multa. Como pena corporal, de cinco a 40 años de prisión.
Delito de traición a la patria, letra muerta
En el periodo contemporáneo mexicano no tenemos registro de algún proceso o sentencia derivados de esa Litis aunque, entre otros, desde Carlos Salinas de Gortari públicamente, y Enrique Peña Nieto, ante la Procuraduría General de la Republica, han sido acusado de traición a la Patria.
En el caso de Salinas de Gortari, en algún momento del primer lustro del siglo XXI el académico e investigador Javier Garrido habló del asunto retomando el expediente de los asesinatos del cardenal Juan Jesús Posadas Ocampo, Luis Donaldo Colosio y José Francisco Ruiz Massieu.
Garrido apuntó un caso significativo: La reforma al artículo 82 de la Constitución, que derogó el impedimento a hijos de extranjeros para acceder a la Presidencia de México, que favoreció en 2000 a Vicente Fox Quezada, hijo de madre española.
Como prefiguración de traición a la Patria se consideró el Error de diciembre de 1994. Como sea, no hubo consecuencias jurídicas ni políticas.
En general, desde Gustavo Díaz Ordaz y Luis Echeverría, los presidentes mexicanos han sido acusados mediáticamente de traición a la Patria. No ha pasado nada.
El Código Penal Federal es, pues, letra muerta en cuanto al tema específico y, repetimos, no hay codificación del “peligro para México”.
Elba Esther Gordillo, “riesgo para la paz y la seguridad del Estado”
Aquella resonante figura apareció durante la guerra sucia que primó las campañas presidenciales de 2006. Se atribuyó su autoría el publicista español y asesor de Felipe Calderón, Antonio Solá y se le asestó expresamente a Andrés Manuel López Obrador.
Recientemente, el propio Solá declaró que el tabasqueño ya no es “peligro para México”. El senador Roberto Gil, más recientemente, al anunciar su renuncia al PAN, coincidió con el publicista español.
La invocación del Código Penal Federal corresponde a la Procuraduría General de la República, pero como quedó indicado en el caso de traición a la Patria no hay precedente de consignación judicial.
Ahora ocupa la titularidad provisional de la PGR el abogado Alberto Elías Beltrán y aquí nos aproximamos a la materia de este tema.
Elías Beltrán recurrió a la justicia federal para pedir restricciones a la indiciada Elba Esther Gordillo Morales, en reclusión domiciliaria desde el 16 de diciembre pasado, porque resulta difícil a agentes de la PGR controlar las visitas y comunicaciones de la ex lideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE).
En el contexto de las precampañas presidenciales se han detectado contactos de familiares, ex colaboradores y amigos gordillistas con el partido Morena.
Elías Beltrán solicitó una revisión de las “medidas cautelares” para la vigilancia de Gordillo Morales, quien incluso ha sido beneficiada con la eliminación del brazalete electrónico con el que se monitoreaban sus movimientos.
Citemos sumariamente el argumento de Elías Beltrán: Gordillo, quien además tiene capacidades para intentar su fuga fuera del país, representa riegos de desestabilización de la paz y la seguridad del Estado mexicano.
Ninguno de los grandes capos del crimen organizado, empezando por Joaquín El Chapo Guzmán Loera, han sido imputados por ese potencial de riesgo “para la seguridad del Estado mexicano”.
En términos elementales -con independencia de lo que codifiquen la Constitución y sus leyes penales secundarias- la caracterización que la PGR hace de Elba Esther Gordillo Morales, la presenta como peligro para México: No quiere decir otra cosa el supuesto de la desestabilización de la paz y de la seguridad nacional.
La sucesión presidencial entra a terreno pantanoso
La sucesión presidencial de 2018, entra pues en terrenos pantanosos abonados de por sí por la beligerancia de los contendientes, partidos y candidatos.
Si los actores de las elecciones generales de 2018 están expuestos a las sanciones del Instituto Nacional Electoral, lo que debe subrayarse es que éste órgano es una instancia con facultades administrativas.
No es el caso de la PGR, que tiene funciones punitivas y en su estructura aparece la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales (Fepade).
Aleatoriamente, de acuerdo con el artículo 89 de la Constitución, el jefe del Poder Ejecutivo federal tiene la facultad de preservar la seguridad nacional y la seguridad interior. En el primer imperativo, obviamente, está explicita la Seguridad del Estado.
El procurador de la República es un subordinado del Presidente
Por extensión, de acuerdo con el artículo citado, es facultad del Presidente, designar al Procurador General de la República, de lo que se colige que Alberto Elías Beltrán es un funcionario subordinado a Enrique Peña Nieto.
La operación Gordillo tiene entonces erizadas implicaciones que no abonan, para nada, a una elección presidencial pacífica y con equilibrio equitativo para los protagonistas. Lo que se llama ahora, piso parejo. Grave asunto.
*Director General del Club de Periodistas de México, A.C.