Redacción MX Político.- Congruente con su posición, el Partido Acción Nacional presentó un juicio electoral ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en contra de la designación mediante insaculación de Guadalupe Taddei Zavala como consejera presidenta y de Jorge Montaño Ventura como consejero del Instituto Nacional Electoral.
El director general Jurídico, Raymundo Bolaños Azócar, fue quien presentó el recurso, ya que Taddei Zavala no cumple con la idoneidad que requiere el cargo de consejera del INE por sus nexos políticos con Morena, los cuales suponen una condición permanente de impedimento de la imparcialidad que se amerita.
La demanda expresa que los vínculos que tiene Taddei son de naturaleza objetiva y se constatan con las expresiones que connotados miembros de Morena tuvieron respecto de la insaculación y demuestran la correspondencia ideológica y partidista, así como la preferencia que tienen respecto de su perfil, que han sido vertidas en redes sociales.
Asimismo, cuenta con vínculos familiares que impedirán un estudio imparcial de los lazos con Morena, pues Pablo Daniel Taddei es director de la empresa creada por el gobierno federal LitioMX; Jorge Luis Taddei Bringas es subdelegado y representante del gobierno federal en Sonora; Ivana Celeste Taddei, diputada local de Sonora; Luis Rogelio Piñeda Taddei, director del Centro de Investigaciones del Congreso de Sonora; y Jorge Francisco Piñeda Taddei, encargado de nómina del Instituto de Becas y Crédito Educativo de Sonora, entre otros familiares.
Además, Guadalupe Taddei no cuenta con cédula profesional con antigüedad de por lo menos cinco años, con lo que acredite haber cursado alguna carrera a nivel licenciatura.
En el caso de Montaño Ventura, el Comité Técnico de Evaluación debió observar que uno de los requisitos de elegibilidad para ocupar un cargo es no ser titular de alguna Secretaría o Fiscalía General de la República o Procuraduría de Justicia.
Jorge Montaño del 4 de enero de 2021 a la fecha se ha desempeñado como titular de la Fiscalía de Delitos Electorales del Estado de Tabasco.
En la denuncia también se expone que la lista definitiva de aspirantes no ofreció elementos para conocer fehacientemente si cada una de las quintentas cumplían o no con los requisitos de elegibilidad ni implicaba que su aspiración fuera a trascender a la realidad como acto concreto capaz de causar perjuicio.
jpob
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