Propuso expedir la Ley Reglamentaria del Artículo 134 Constitucional en materia de Publicidad Oficial, la senadora Martha Tagle, a fin de garantizar que los contenidos difundidos por parte de las entidades federativas, municipios, alcaldías, sujetos obligados y entes públicos satisfagan las necesidades informativas de la sociedad y se contribuya a transparentar la gestión pública y actividad institucional.
El proyecto establece los principios, bases generales y procedimientos que se aplicarán para cumplir dicho objetivo. Crea el Consejo Nacional de Publicidad Oficial como un organismo público autónomo, encargado de regular y garantizar las disposiciones de la esta Ley.
Plantea que la publicidad oficial se rija por los principios de austeridad, equidad y pluralidad, interés superior de la niñez, interés y utilidad pública, máxima publicidad, no discriminación, perspectiva de género, planeación, rendición de cuentas y transparencia.
Sugiere que únicamente a través de los tiempos oficiales se difunda la publicidad oficial y propone que en la contratación de medios de comunicación se garanticen los principios de equidad y pluralidad.
La legisladora señaló que para la contratación de espacios, los sujetos obligados y ejecutores del gasto atenderán al marco normativo en materia de adquisiciones del sector público, tomando medidas de austeridad para racionalizar el gasto.
En la asignación, ningún medio o productor independiente podrá concentrar más del 30 por ciento del gasto total destinado a publicidad oficial, puntualizó.
La iniciativa se envió a las comisiones de Gobernación; de Radio, Televisión y Cinematografía; y de Estudios Legislativos, Primera, para sus análisis y dictamen correspondiente.