CIUDAD DE MÉXICO, 31 de enero (AlMomentoMX).- El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Jorge Mario Pardo Rebolledo, desechó por improcedente la controversia constitucional que promovió la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca contra la Ley de Seguridad Interior.
En su acuerdo, el ministro Pardo Rebolledo señaló que la Defensoría no tiene el carácter de órgano constitucional autónomo federal para reclamar la norma.
“No existe en el artículo 105 de la Constitución General, ningún supuesto que contemple la promoción de una controversia constitucional por parte de una comisión estatal de derechos humanos en contra de alguno de los Poderes de la Federación”, indicó.
Todas las impugnaciones sobre este tema se turnaron a la ponencia de Pardo Rebolledo por existir identidad respecto del decreto combatido, y como ministro instructor tendrá a su cargo la elaboración de los proyectos de sentencia respectivos.
Hasta ahora, el ministro ha admitido a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por diputados, senadores, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
De igual manera, han sido admitidas las controversias constitucionales presentadas por el municipio de Cholula, Puebla, y Parral de Hidalgo, Chihuahua, en las que se demanda invalidar diferentes disposiciones de la Ley de Seguridad Interior.
Por improcedentes, han sido desechadas las acciones de inconstitucionalidad interpuestas por la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro y el Partido Movimiento Ciudadano, así como las controversias presentadas por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca.
AM.MX/dsc
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