Redacción, Noticias MX Político.- – La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este miércoles que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) cuenta con atribuciones para emitir normas generales para la protección de datos personales.
A través de un comunicado, la SCJN señaló que la Segunda Sala resolvió que el INAI cuenta con competencia constitucional para emitir normas generales tanto sustantivas como adjetivas en materia de protección de datos personales.
Según Latinus, esta resolución se da derivado a una sanción que emitió el INAI contra una persona moral que recabó datos personales financieros de un particular sin contar con su consentimiento, fallo que fue impugnado mediante un juicio de nulidad argumentando que “los lineamientos eran contrarios al orden constitucional por contravenir el principio de legalidad”.
Sin embargo, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa reconoció la validez de la multa impuesta por el INAI, por lo que la persona moral presentó entonces un juicio de amparo. El Tribunal Colegiado de Circuito negó el amparo, por lo que la parte quejosa interpuso un recurso de revisión, que fue el que resolvió este miércoles la Segunda Sala de la Corte.
En su decisión, los ministros de la Segunda Sala determinaron que el artículo sexto del apartado “A”, fracción VIII, de la Constitución, establece que el INAI está facultado para emitir normas para la protección de datos personales, por lo que la sanción procede.
“La Federación contará con un organismo autónomo especializado, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, para lo cual tiene que realizar diversos procedimientos, entre los cuales están aquellos destinados a sancionar a los infractores al derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados”, apuntó.
JAM
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