CIUDAD DE MÉXICO, 31 de octubre (AlMomentoMX).— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció una jurisprudencia, con la que se declaró que la prohibición absoluta para cultivar y consumir marihuana con fines recreativos es inconstitucional.
Así, quienes quieran cultivar y consumir marihuana con fines lúdicos solo deberán tramitar amparos contra la prohibición prevista en la Ley General de Salud, y los jueces federales deberán conceder la protección constitucional mediante la aplicación de la jurisprudencia.
Este miércoles, la Primera Sala de la Suprema Corte resolvió a favor dos proyectos de sentencia en los que se propuso la invalidación de los artículos de la Ley General de Salud que establecen la prohibición absoluta de la cannabis, la cual fue considerada como innecesaria y desproporcionada al derecho al libre desarrollo de la personalidad.
En sus resoluciones, avaladas por con cuatro votos a favor y uno en contra, los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Norma Lucía Piña, concedieron el amparo a dos mexicanos para que se les permita el consumo lúdico de la cannabis. Con lo cual, suman ya cinco los recursos concedidos para los mismo fines y así se conformarían una jurisprudencia obligatoria para todos los juzgados y tribunales de México.
Eso sí, “la declaratoria de inconstitucionalidad anterior no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas, en el entendido de que respecto de estos actos no existió en la solicitud y el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad no debe perjudicar a terceros”,
AM.MX/dsc
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