CIUDAD DE MÉXICO, 3 de mayo (AlmomentoMX).- La Magistrada del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, Antonia Herlinda Velasco Villavicencio, resolvió que Arturo Zarate Vite, ex Coordinador de Comunicación de Comisión Nacional de los Derechos Humanos es culpable de los delitos de hostigamiento y abuso sexual cometidos en contra de dos ex trabajadoras de dicha institución.
La condena impuesta por hostigamiento sexual es de dos días de multa y por abuso sexual es de nueve años de prisión. La sentencia también establece, que se condena al agresor por el concepto de la reparación del daño y se “ordena la amonestación del sentenciado para prevenir su reincidencia”.
El veredicto llega tras que las victimas interpusieran un amparo directo (11/2017) en contra de la sentencia emitida en octubre de 2016 por el juez Primero de Distriro de Procesos Penales Federales en la ciudad de México, Ricardo Garduño Paten, quien determinó que el acusado era inocente.
En el amparo, se determina que en la sentencia emitida por Ricardo Garduño Pasten “se usaron especulaciones y criterios puramente subjetivos pese a que se acredito fehacientemente la conducta penalmente reprochada”.
Agrega que “no se tomaron en cuenta los artículos relativos a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convesión de Belem do Pará, no obstante que se aprecia que en todo momento existió violencia psicológica y/o sexual contra las quejosas”.
El proceso inició cinco años atrás, cuando tres mujeres que trabajaban en el área de comunicación de la CNDH, denunciaron ante el entonces primer visitador Luis García López Guerrero que eran víctimas de hostigamiento y abuso sexual por parte de Arturo Zárate.
Luego de ver las pruebas, entre las que destacan cartas de puño y letra, mensajes de texto, correos institucionales y audios, Luis García las enfrentó con el agresor y a pesar de que éste aceptó su culpabilidad, el primer visitador descalificó sus testimonios.
Las víctimas señalan que buscaron apoyo del Órgano interno de Control (OIC) con la única intención de dejar de ser acosadas y poder hacer su trabajo; la respuesta de dicho órgano fue preguntar “cómo solíamos ir vestidas a la oficina”, por lo que tuvieron que renunciar.
En septiembre del 2012, mismo año en el que fue denunciada la agresión, a más de ocho meses que las ex trabajadoras presentaran la acusación ante el OIC encabezado en ese entonces por Franco Fabbri, el que concluyó que el funcionario era culpable y lo inhabilito por seis meses.
También en el 2012, dos de las víctimas acudieron a la Procuraduría General de la República para interponer una denuncia penal, en este caso, la tercera fungió como testigo.
En marzo de 2015, se emitió la primera sentencia en contra del acusado por el Juez Primero de Distrito de Proceso Penales Federales en el Dsitrito Federal, Eduardo Torres Carrillo, quién lo encontró culpable de los delitos de abuso, hostigamiento sexual y lo sentenció a nueve años y nueve meses de cárcel y al pago de quince dáis de multa.
La sentencia llega después de un largo proceso, por lo que las tres mujeres se dicen congratuladas por el “trabajo del tribunal unitario y de la magistrada Margarita Blasco Villavicencio por la defensa de los derechos de las mujeres al aplicar los criterios de la SCJN y leyes, que han sido producto de la lucha de otras mujeres que como nosotras, creyeron que sí es posible acceder a la justicia”, concluyó una de las víctimas.
AM.MX/kcc
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