La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) presentó su queja mediante comunicado de prensa; referente al amparo en contra del Decreto que fue publicado 31 de diciembre del pasado 2020.
En este, se establecen acciones para toda la Administración Pública Federal. A fin de sustituir gradualmente el uso, adquisición, distribución, promoción e importación de glifosato; por alternativas sostenibles y culturalmente adecuadas.
Por lo anterior, Semarnat recibió el pasado 19 de abril el juicio de amparo 313/2021, del índice del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.
Ante esto, el 21 de abril la Semarnat interpuso el recurso de queja y rindió el informe previo, donde señala la improcedencia de la suspensión con base en que:
- No es aplicable en contra de leyes, decretos, reglamentos o disposiciones de observancia general, ya que eso se opondría a cuestiones de orden público e interés social.
- El Decreto está dirigido a la Administración Pública Federal y no hacia particulares.
- El principio de precaución al que se sujeta el Decreto corresponde a la prevención de daños graves o irreversibles, mismos que se buscan controlar y eliminar a través de la producción agrícola sostenible y culturalmente adecuada, lo que también favorecerá la autosuficiencia y soberanía alimentaria.
Este amparo fue interpuesto por la empresa farmacéutica Bayer, de origen alemán y que fue comprada en el año 2018 por Monsanto.
Sin embargo, la Semarnat aseguró que:
“Estará firme y con los elementos necesarios para defender el decreto ante las argucias e intereses de particulares que atentan contra la vida y el derecho a un medio ambiente sano”.
La dependencia de gobierno agregó que el objetivo del Decreto es alcanzar la autosuficiencia y la soberanía alimentaria, debido a que nuestro país debe orientarse a establecer una producción agrícola sostenible y culturalmente adecuada, mediante el uso de prácticas e insumos agroecológicos que resulten seguros para la salud humana, la diversidad biocultural del país y el ambiente, así como congruentes con las tradiciones agrícolas de México.
Además, declaró, el Decreto cuenta con el sustento de principio precautorio, cuestionamientos nacionales e internacionales sobre el daño que causa el uso del glifosato a la salud y al ambiente; acumulación y persistencia en suelos y agua y afectaciones en la biota en cuerpos de agua; caída de población de insectos y efectos nocivos en polinizadores; efectos de la elevada exposición humana al glifosato con estudios; seguridad alimentaria; regulaciones en otros países para limitar o eliminar su uso; juicios contra la empresa quejosa a partir de los daños ocasionados a la salud por dicha sustancia; y juicios de amparo en los cuales se ha negado la suspensión como un hecho notorio.
El glifosato es un herbicida utilizado en la agricultura, silvicultura, limpieza de orillas de caminos, control de enervantes y jardinería. Diversos estudios científicos documentan el impacto nocivo en la salud humana y el ambiente de este agroquímico que también está clasificado como “probablemente cancerígeno para los humanos” por la Organización Mundial de la Salud.
Bayer argumentó para su amparo, que desde hace décadas se trabaja con el glifosfato y este no representa ningún riesgo ambiental ni a la salud humana. Sin embargo, de igual forma, desde hace décadas se han estudiado las consecuencias de los alimentos transgénicos y del glifosfato. Organismos mundiales han presentado estudios que comprueban la realidad nociva del herbicida.
Si bien, estos herbicidas ayudan a que puedan presentarse mejoras para los cultivos y se cuente con la cantidad que el país necesita para consumo (aun con esto, se sigue importando maíz; principalmente de Estados Unidos y también es transgénico). Pero no es un adecuado manejo de la tierra ni el campo mexicano y atenta contra la seguridad alimentaria de todo el país.
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