Redacción, Noticias MX. – Los senadores de Morena, Ricardo Monreal Ávila y Aníbal Ostoa Ortega, presentaron una iniciativa para reformar la Constitución y permitir que el Presidente pueda presentar iniciativas preferentes en todo momento, y no sólo al inicio de cada periodo ordinario de sesiones, como lo es en la actualidad.
Al argumentar la iniciativa ante el Pleno, por parte de Ostoa Ortega, se afirmó que la medida permitirá fortalece la cooperación entre el Ejecutivo y Legislativo para resolver asuntos urgentes.
Es por ello que se propuso modificar la Constitución para que el Presidente pueda presentar, en cualquier momento, de cada periodo ordinario de sesiones, hasta dos iniciativas de trámite preferente ante el Congreso de la Unión.
Ostoa Ortega explicó que mediante una iniciativa que reforma el artículo 71 de la Constitución, el titular del Ejecutivo federal es quien conoce, de manera detallada y de primera mano, los problemas urgentes que requieren de una legislación que ayude a resolverlos, y que se traduzca en beneficios concretos para la población.
Esa facultad permitirá que el Congreso de la Unión y el Presidente puedan entrar a la discusión de manera urgente de temas prioritarios para los mexicanos.
En texto de la iniciativa se puntualiza que una iniciativa con carácter de preferente es un mecanismo con el cual el Ejecutivo presenta una propuesta de proyecto de decreto y el Congreso debe dar prioridad a este asunto, bajo un trámite caracterizado por ser expedito o más ágil, pues cuenta con plazos perentorios.
Indica que actualmente se establece en la Constitución que, el día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones, el Presidente podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente, o señalar con tal carácter hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores, cuando estén pendientes de dictamen.
Cada propuesta debe ser discutida y votada por el Pleno de la Cámara de origen, en un plazo máximo de 30 días naturales. Precisa que no podrán tener carácter preferente las reformas constitucionales.
Añadió que tampoco limita las facultades del Congreso de modificar o rechazar en su totalidad las propuestas que presente el Ejecutivo, simplemente incide en el plazo para el desahogo y resolución de las mismas.
En cambio sí agiliza la respuesta del Congreso a la agenda gubernamental que se define como prioritaria y obliga al gobierno federal a identificar sus prioridades legislativas y la conveniencia de las propuestas que presentará.
JAM