CIUDAD DE MÉXICO.- En el contexto de la entrada en vigor la reforma de subcontratación es necesaria una efectiva inspección laboral para garantizar su aplicación, coincidieron especialistas que participaron en el foro “La Reforma de Subcontratación Laboral. El Papel de la Inspección Laboral”.
El magistrado de circuito del 6º. Tribunal Colegiado, Héctor Arturo Mercado, aseguró que en el sexenio pasado no hubo una labor de inspección en materia de subcontratación y por ello crecieron este tipo de relaciones laborales.
“Esta práctica ha sido ilícita de siempre, pero el problema que teníamos en el sexenio pasado es que no había una sola inspección a ninguna empresa para verificar estas prácticas y se convirtió en un deporte nacional para evadir el cumplimiento de obligaciones fiscales, de obligaciones de seguridad social y el respeto a los derechos de los trabajadores como estabilidad en el empleo y derechos colectivos”, subrayó el magistrado.
Opinó que si no se logra combatir la subcontratación no habrá estabilidad en el empleo.
Durante su participación, el magistrado recomendó a los trabajadores interponer demandas si creen que se encuentran en un esquema de subcontratación ilegal. Incluso, dijo, es necesario que existan denuncias anónimas para que intervengan los inspectores laborales.
“Cumplidos los plazos (de la reforma) inmediatamente, al día siguiente, deben concurrir a la inspección del trabajo o interponer una demanda ante tribunales”, sugirió el magistrado a los trabajadores.
En su oportunidad, Germán Reyes, abogado y consultor, afirmó que es necesaria una efectiva inspección laboral para propiciar empleos dignos, dar asistencia técnica a las empresas y elevar la productividad. Sin embargo, puntualizó, que actualmente deben superar sus deficiencias ya que solo tiene cobertura de 2 a 3 por ciento de las empresas en las industrias a nivel federal.
Además de enfrentar limitados recursos técnicos y la baja remuneración de los inspectores, Reyes reconoció que existe nula inspección en el ámbito local.
Al hacer un recuento de las reglas que entraron en vigor en materia de subcontratación el 24 de abril, el abogado recordó que se prohíbe la subcontratación de personal.
La Ley Federal del Trabajo solo permite la subcontratación de servicios especializados o para la ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa beneficiaria.
Cabe destacar que las empresas tienen 90 días de plazo, que empezaron a contar a partir de la entrada en vigor de la reforma, para eliminar los empleos que se encontraban en outsourcing y absorberlos a la nómina principal.
AM.MX/fm
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