Se hacen también las modificaciones conducentes para determinar que el Registro de Detenciones será administrado y operado por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Redacción MX Político.- Con 470 votos provenientes de todos los partidos y procediendo por tanto al ámbito de las facultades del Senado en lo sucesivo, en su calidad de cámara revisora, la tarde de este jueves, la Cámara de Diputados aprobó catalogar el delito de desaparición forzada como un crimen de lesa humanidad, en los términos del Estatuto de Roma, e incluir penas económicas y de prisión a quienes sustraigan o se apropien de menores hijos de personas víctimas de aquél delito.
La citada reforma incluye también la modificación del Código de Justicia Militar, para definir que en caso de que la desaparición forzada sea cometida por integrantes de las fuerzas armadas, no aplicará el fuero militar.
De tal forma que se incluyó en el artículo 337 bis del Código de Justicia Militar, la siguiente redacción: “La investigación, persecución, procesamiento y sanción de las conductas relacionadas con el delito de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, solo será competencia de las autoridades o estatales del orden civil, aun cuando dichas conductas sean realizadas por un militar en contra de otro militar”.
Se hacen también las modificaciones conducentes para determinar que el Registro de Detenciones será administrado y operado por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
En este caso se modificó la Ley Nacional del Registro de Detenciones, para determinar que dicho instrumento concentre información, a nivel nacional, de personas detenidas y quienes sean privadas de su libertad en instituciones de carácter privado, como hospitales, residencias siquiátricas, centros de día, de desintoxicación y rehabilitación, así como de asistencia y cuidados alternativos de menores y personas con discapacidad.
La reforma incluye cambios a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, para determinar que incluye en el delito “la persona o grupo de personas” que priven de la libertad a otra y se nieguen a reconocer el delito o el paradero de los desaparecidos, con objeto de sustraerlos de la protección de la ley.
Incluso se prevé que los superiores jerárquicos serán considerados autores de desaparición forzada, si conocen que fue cometido por un subordinado y no ejercieron controles efectivos o no adoptaron todas las medidas necesarias y razonables para prevenir o impedir el ilícito.
hch
El cargo La desaparición forzada es ya delito de lesa humanidad; aprueban diputados apareció primero en Noticias MX Político.