La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, precisó que las reformas, conocidas como la “Ley Ingrid”, sancionan los delitos contra la administración de justicia cometidos por servidores públicos, particularmente a los funcionarios que filtren imágenes de víctimas de violencia.
Aclaró que el proyecto que modifica el artículo 225 y que adiciona un cuarto párrafo al artículo 225 Bis al Código Penal Federal, que fue aprobado por unanimidad por el Senado, no representan ninguna mordaza ni están dirigidas a periodistas, youtubers, ni a la población en general, sólo a servidores públicos.
En una serie de mensajes publicados en redes sociales, Sánchez Cordero explicó que estas modificaciones sólo tipifican y sancionan la filtración de imágenes fijas o en video de las víctimas de feminicidio o crímenes violentos, por parte de policías, médicos legistas y personal que tienen acceso a las carpetas de investigación como ministerios públicos, peritos y auxiliares de la administración de justicia.
“Muchas veces el servidor público no guardaba la discreción debida y no mantenía en secrecía la carpeta de investigación que contenía imágenes, videos, fotografías, etcétera, del cuerpo de la víctima. Por ejemplo, en el caso de Ingrid Escamilla”, puntualizó.
Destacó que el propósito de esta legislación es garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección, bienestar físico y psicológico de las víctimas y sus familias, porque la divulgación de información e imágenes constituye una lesión a su dignidad y memoria.
Afirmó que esta Ley es un reconocimiento a Ingrid Escamilla, quien murió el 9 de febrero de 2020 por feminicidio y a todas las víctimas, directas e indirectas, cuya dignidad y derechos se han vulnerado.
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