Redacción, Noticias MXPolítico.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), siguiendo la propuesta de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, ha rechazado un amparo presentado por la empresa Desde el Corazón del Fruto en contra del etiquetado frontal de alimentos.
En una sesión del Pleno de la SCJN, se determinó la constitucionalidad de las disposiciones relacionadas con el etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. Esta medida tiene como objetivo informar a los consumidores sobre los productos que exceden los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y otros nutrimentos críticos e ingredientes.
El amparo presentado por la empresa fue rechazado tras argumentar que el etiquetado no viola principios de igualdad, no discriminación y equidad, ya que no favorece a otros sectores o industrias en detrimento de la empresa quejosa. La SCJN sostuvo que los productos procesados y ultra procesados no son comparables con los alimentos y bebidas no alcohólicas vendidos a granel o envasados en punto de venta, por lo que el punto de comparación no es adecuado.
Con esta decisión, la SCJN respalda la implementación del etiquetado frontal como una medida para informar a los consumidores sobre los contenidos nutricionales de los alimentos, contribuyendo así a promover una alimentación más saludable y transparente.
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