El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha determinado que Xóchitl Gálvez, candidata presidencial de la oposición, no infringió las leyes electorales al hacer uso del logo del Instituto Nacional Electoral (INE) en su propaganda.
La decisión, emitida durante la tarde de este jueves, ha sido recibida con gran interés por parte de la opinión pública y los actores políticos involucrados en la contienda electoral. La Sala Regional Especializada del TEPJF concluyó que la publicación de Gálvez no vulneró las reglas de propaganda electoral ni los principios de certeza, legalidad y equidad.
El Pleno del TEPJF, por mayoría, determinó que la publicación en cuestión no tenía como objetivo promover la plataforma electoral de la candidata, sino informar sobre una solicitud relacionada con el uso de programas sociales con fines electorales, presentada al Consejo General del INE.
Asimismo, se consideró que el contenido de la publicación no generó confusión entre la ciudadanía, ya que no se trató de información falsa, sino de temas enmarcados en el debate público y, por tanto, protegidos por el derecho a la libertad de expresión.
En relación con esta resolución, se ha determinado que no hubo incumplimiento por parte del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en su deber de cuidado.
Durante la sesión pública, el Pleno del TEPJF también emitió un fallo relacionado con el presidente Andrés Manuel López Obrador. Se concluyó que el mandatario vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, así como el uso indebido de recursos públicos, derivado de manifestaciones realizadas durante la conferencia de prensa conocida como «mañanera» del 1 de febrero de 2024.
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