El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha exonerado a Arturo Zaldívar de cualquier responsabilidad por el apoyo público que expresó a Claudia Sheinbaum en noviembre de 2023, cuando aún ocupaba el cargo de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Esta decisión anula todas las acciones emprendidas por el Instituto Nacional Electoral (INE) contra Zaldívar.
En noviembre de 2023, Claudia Sheinbaum se perfilaba como la candidata presidencial de Morena. En este contexto, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE admitió una queja contra Sheinbaum y Zaldívar el 21 de noviembre de 2023, alegando posibles actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y vulneración de los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en el proceso electoral federal.
Posicionamiento del TEPJF
La magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Aralí Soto, defendió el proyecto que exoneró a Zaldívar, argumentando que el INE carece de competencias para investigar a los ministros de la SCJN, quienes operan bajo un régimen de excepción. Soto subrayó: «La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral carece absolutamente de competencias para investigar los hechos que se le imputan a este ministro, y a cualquier ministro o ministra de la SCJN».
Aunque Zaldívar presentó su renuncia a la SCJN el día de la reunión, esta fue aceptada una semana después, manteniéndolo bajo el régimen especial de los ministros de la SCJN. Soto enfatizó que «de ninguna manera un órgano electoral como es el INE puede intervenir».
Opiniones Disidentes
El magistrado Reyes Rodríguez y la magistrada Janine Otálora Malassis votaron en contra de la exoneración. Rodríguez argumentó que el caso debería ser remitido a la SCJN para que el Tribunal Constitucional del país resolviera la queja contra Zaldívar. «Mi diferencia es que, en efecto, aquí no se debería abordar el asunto, invadiendo la facultad que tiene la SCJN para definir sus propias competencias», explicó Rodríguez.
Otálora también sugirió que se consultara a la SCJN para determinar la competencia en este asunto. No obstante, Soto replicó que el TEPJF no necesitaba consultar a ninguna entidad sobre qué acciones tomar, destacando la autonomía e independencia del tribunal electoral.
Rodríguez rebatió esta postura, indicando que la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que la SCJN es la encargada de resolver cuestiones de competencia. «Una consulta competencial, en términos llanos, es decir, preguntar qué hacer, me parece que es desconocer lo que es una consulta competencial, aun cuando lo diga en términos llanos, no es una cesión de independencia y autonomía», añadió.
La mayoría de tres votos a dos aprobó el proyecto, dejando sin efecto todas las acciones del INE contra Zaldívar. Soto concluyó que no se trataba de un conflicto competencial con criterios encontrados entre dos autoridades, sino de una decisión clara en la que el INE había actuado fuera de su competencia.
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