Héctor Calderón Hallal
El tránsito de los mexicanos a lo largo de la historia no ha sido poco traumático; aunque comparativamente, ir de la época del Imperio de Iturbide al “imperio de la negligencia y la estulticia política de la 4T” …es hablar de una inmensa distancia, compuesta de un enorme abismo y de un retroceso evolutivo social.
En los primeros años de vida independiente, tuvieron los primeros mexicanos voces auténticas de liderazgo y heroísmo, capaces de conseguir una ciudadanía empoderada, con derechos de vanguardia a salvo, para sustituir a la antigua y onerosa condición de ‘súbditos’ de la metrópoli.
Voces que articulaban con inteligencia, los más álgidos argumentos que navegaban en la cresta de la ola de aquella modernidad positivista del siglo XIX en su primera mitad… al estudiarlos, hoy nos hacen asumir que empezamos la “clásica carrera del indoamericano” … “de arriba hacia abajo…o de adelante hacia atrás”.
La propia nacionalidad mexicana ha perdido terreno en los últimos días del Gobierno de López Obrador y ante su nefasta pretensión de reforma al Poder Judicial Federal en la agonía de su administración, hoy corremos el riesgo de ver seriamente mermadas dos de sus principales condiciones como lo son: nuestra ciudadanía y nuestra libertad, debido a la inminente desaparición de la independencia y la división de poderes que esa reforma implicaría.
A saber:
Nuestra vida como nación libre y soberana empieza a contar realmente en el año 1821.
Fue hasta el 4 de octubre de 1824, tras seis meses de discusiones y deliberaciones sobre el borrador original, cuando entró en vigor el que es considerado el primer ordenamiento jurídico supremo de este nuevo país de la América septentrional, llamado Estados Unidos Mexicanos, con su consecuente espíritu federalista, representativo y con una clara división de poderes.
Se trata de la primera Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, que en unos días más cumplirá su primer bicentenario de haberse promulgado; y que fue la primera Carta Magna de nuestro país como tal, no obstante el prodigioso documento expedido y divulgado por el Generalísimo José María Morelos y Pavón, diez años antes en Apatzingán, Michoacán, también conocido como los Sentimientos de la Nación, que fue de enorme aportación a este nuevo ordenamiento por su carácter liberal, humanista, soberanista y sobre todo, dignificador de los naturales de la Nueva España que aspiraban a su independencia.
Ciertamente aquel manifiesto independentista de Morelos, fue puntualmente sublime, patriota y elocuente sobre el momento que vivía la convulsionada y embrionaria nación mexicana envuelta en su Guerra de Independencia, pero carecía de un atributo fundamental: de un valor estadual, pues todavía no había Independencia.
Sin embargo, fue José Miguel Ramos Arizpe, genio de la filosofía y la palabra de aquel tiempo, un patriota excepcional nacido en el Valle de San Nicolás, antes provincia de la Nueva Extremadura, hoy Estado de Coahuila, quien impulsó, redactó y suscribió, la primera Constitución Mexicana oficial junto a Valentín Gómez Farías, Manuel Crescencio Rejón y…¡Atención!…influenciado por el mismísimo Stephen Fuller Austin, “Padre de Texas” (de la Texas con “x”… no de la Tejas con “j”, claro está) un agudo filósofo liberal e independentista estadounidense (entre otros), quien compartió ideales y conocimientos de la época con Ramos Arizpe, justamente llamado “El Padre del Federalismo Mexicano”.
Fueron contemporáneos… y hasta se consigna que compañeros de luchas similares, cada uno por su lado y contra su propio tirano…pero al final, compartidores de las mismas ideas liberales e independentistas.
Austin fue el primer ciudadano estadounidense a quien el incipiente Gobierno de México concedió permisos para traer núcleos poblacionales sajones a la entonces provincia de Coahuila y Tejas, motivados por la discriminación en estados como Missouri, de donde él era originario.
Así es… la historia debe verse sin prejuicios; en el propio contexto de la época y en la justa dimensión de sus hechos. No puede estudiarse como una mera guía anecdótica o de simple enumeración de hechos relevantes.
Ramos Arizpe defendió a la naciente nación mexicana con agudos razonamientos y argumentos inscritos en la Europa aquella, Republicana y antinapoleónica, en las propias Cortes Generales Ordinarias y Extraordinarias de Cádiz, España, de 1810 a 1814. Por lo que fue firmante de la Constitución de España de 1812.
Un orgullo de México; un sacerdote más profano y moderno que el que más; la historia consigna que además fue un conquistador consumado… todo un “macho alfa” durante su estadía en España, ya convertido en Diputado por su representación novohispana.
Aquellos federalistas firmantes de lo que fue la primera Carta Magna nacional -volviendo a 1824- encabezados por Ramos Arizpe, luchaban por la libertad de expresión y de pensamiento; por una soberanía popular; propusieron por primera vez como forma de Gobierno, el tener una República Federal… y ejercer el poder en tres diferentes modalidades: un Poder Ejecutivo, un Poder Legislativo y un Poder Judicial.
Con Ramos Arizpe pasamos de ser ‘súbditos’ de un monarca o un emperador… a ser ciudadanos de un Estado moderno.
Con este nuevo ordenamiento se fortaleció la consolidación de Estados libres y soberanos, con una Constitución Político Local y un Congreso Constituyente para cada uno, así como un sistema de división de poderes triforme, igual que el de la República Federal.
Sí…desde la Constitución de 1824 se encuentra este principio del ejercicio del poder en nuestro país: dividido en tres formas.
Cabe destacar que este ordenamiento reprodujo, también, aquella consigna que tiene hoy desquiciado al actual presidente López Obrador y que nos tiene a todos, tramposamente recetada desde hace años en su “soliloquio de balbuceos mañaneros”, para justificarse en sus nefastas como trastornadas pretensiones reformistas al Poder Judicial de la Federación: “La soberanía nacional reside esencialmente en los pueblos; ningún pueblo está para sojuzgar a otros; el pueblo es libre de elegir la forma de Gobierno que más le convenga…”; y de hecho sigue apareciendo también el espíritu de aquel legislador embrionario de 1814 en la actual redacción del artículo 39 constitucional actual, como hubo de aparecer en la del 24 y la del 57… pero que es propicia para el atributo interpretativo de todo ordenamiento jurídico; literalmente no debería… no podría aplicarse en esencia.
Porque para empezar el concepto pueblo es amorfo, inexacto y en desuso…. Morelos lo usó concretamente para referirse a los pueblos del centro, el bajío y la costa centro-occidental novohispanos de aquel momento…para referirse a los poblados… y no como Maquiavelo lo usó y sus adoradores lo siguen empleando erróneamente, como una categoría filosófica. Lo correcto es ciudadanía, población, etcétera.
Este presidente mexicano -aun- y sus secuaces como corifeos, han hecho un uso indiscriminado… es más, han prostituido el término ‘pueblo’ para robustecer su demagogia ante sus seguidores y ‘becarios’ en todo el país.
Como bien lo señaló el desaparecido y brillante filósofo Arnaldo Córdova, en su ensayo “El Principio de la Soberanía Popular en la Constitución Mexicana”, aparecido originalmente en el libro Valadés, Diego y Carbonell, Miguel (Coordinadores), El Estado Constitucional Contemporáneo, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2006: “La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo (dice textualmente el artículo 39 constitucional) … No hay nada oculto en esa frase; soberanía nacional y soberanía popular son la misma cosa. Lo que se desea detentar es la autoridad del pueblo (de la ciudadanía), incontrovertible, irresistible, inalienable, imprescriptible, exclusiva, intransferible y absoluta, para decidir el destino de su nación…la sociedad organizada políticamente”.
Luego dice: “Lo que es el pueblo, lo deja perfectamente claro el Capítulo IV del Título Primero de la Constitución: son los ciudadanos los que integran el pueblo, el cuerpo político de la nación y, para ser ciudadanos se deben integrar ciertos requisitos. Esos ciudadanos son el pueblo que decide por la nación y la sociedad de los mexicanos”.
Así que más claro ni el agua; “al pan, pan… y al vino, vino”; no hay porque seguir llamando pueblo a los ciudadanos o al cuerpo político de la nación que, finalmente, es “pueblo habilitado o facultado… con requisitos”. Por tanto, el poder no solo no reside ni dimana directamente en el pueblo… sino en los ciudadanos, con atributos y derechos.
En todo y por todo, durante este Gobierno que prometió ser progresista, de avanzada…que empoderaría a los ciudadanos de frente a la resistencia tradicional de las estructuras oficiosas y de las propias leyes burocráticas… este Gobierno nos devolverá en breve, con la citada reforma al Poder Judicial, a la condición de ‘pueblo raso’ del medievo… de súbditos de las grandes monarquías e imperios de la historia… no obstante que fuimos, desde 1824 -el 4 de octubre cumpliremos 200 años- auténticos ciudadanos con derechos a salvaguarda, en el marco de un régimen republicano, federal, representativo y popular que hoy, se encuentra amenazado seriamente con descomponerse y perecer ante la locura y el ánimo de venganza, de un aventurero político, delirante y megalomaníaco, que ya perdió toda proporción posible de la realidad.
Ojalá y podamos llegar a ese 4 de octubre sin contratiempos, para refrendar -aunque sea por última vez- ese compromiso con un régimen republicano y federalista, donde nuestro gran contrapeso a los excesos de cualquier desequilibrado en el Poder Ejecutivo, lo fue siempre el Poder Judicial.
Autor: Héctor Calderón Hallal
@CalderonHallal1;
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