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La SCJN desamparó y entregó nuestra subsistencia a la Banca

Redacción Por Redacción
19 enero, 2026
en José Alberto Sánchez Nava
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Por José Alberto Sánchez Nava

“Cuando la ignorancia constitucional se sienta en la Corte, el poder deja de tener límites.”

 

  1. Introducción

 Imaginen a María, una madre soltera de Ciudad Juárez, cuya cuenta bancaria fue bloqueada sin previo aviso por un “alerta de seguridad” malinterpretado por un algoritmo. Durante tres semanas, no pudo pagar la renta ni comprar medicinas para su hijo asmático. Su intento por impugnar el bloqueo mediante un juicio de amparo —la herramienta constitucional diseñada para proteger derechos fundamentales— fue rechazado por un juez: “Los bancos no son autoridades, esto es un asunto privado”, le dijeron. María no es un caso aislado. Su historia refleja una crisis silenciosa que hoy amenaza los cimientos del Estado de Derecho en México.

 

  1. La sentencia que desprotege al ahorrador: Más que un tecnicismo, un retroceso histórico

La reciente decisión del 3 de diciembre de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictó la Sentencia de la Contradicción de Criterios 201/2025 —que niega la posibilidad de impugnar bloqueos bancarios vía amparo al considerarlos “actos privados”— no es un mero debate jurídico. Es un terremoto institucional. Al redefinir quién ejerce poder sobre nuestros recursos, la Corte ha vaciado de contenido el artículo 103 constitucional, que garantiza la protección contra actos de autoridad arbitrarios.

El argumento de que los bancos actúan como “particulares” ignora una realidad incómoda: cuando un banco congela fondos, no lo hace como un vecino que te niega un préstamo. Lo hace con un poder delegado por el Estado, bajo un marco legal que le otorga facultades extraordinarias. ¿Qué otro “particular” puede inmovilizar tu patrimonio sin orden judicial? ¿Qué empresa privada puede decidir, unilateralmente, que accedas o no a tus ahorros?

 

  1. La banca no es un “particular”: Entre la concesión estatal y el interés público

Los bancos existen gracias a una concesión pública. El artículo 28 constitucional los define como entidades estratégicas, cuya operación depende de licencias estatales y supervisión rigurosa (Banco de México, CNBV). Sus obligaciones van más allá del lucro:

  • Custodiar el ahorro nacional, un bien social.
  • Cumplir un deber fiduciario hacia millones de usuarios.
  • Mantener reservas y garantías para proteger a los ahorradores, como exige Basilea III.

Cuando un banco bloquea una cuenta, ejerce un poder público disfrazado de decisión privada. ¿Acaso no es una contradicción que el Estado exija a los bancos combatir mediante acciones, avisos, circulares etc. el lavado de dinero —una función de seguridad nacional—pero luego niegue que sus acciones tengan naturaleza pública?

 

  1. El costo humano: ¿Y si tu dinero desapareciera de un día para otro?

La SCJN subestimó un hecho brutal: bloquear una cuenta puede arruinar vidas. Según datos de CONDUSEF (2024), el 42% de las quejas financieras en México son por bloqueos injustificados. Detrás de esos números hay historias como la de Carlos, un pequeño empresario de Oaxaca cuyo negocio quebró tras un bloqueo de 45 días por un “error en una transferencia internacional”. O la de Lupita, una adulta mayor en Guadalajara que perdió su tratamiento oncológico al no poder acceder a sus ahorros.

La Corte argumenta que los afectados deben recurrir a instancias como CONDUSEF o demandas civiles. Pero, ¿qué valor tiene un recurso lento cuando el hambre, la enfermedad o la incertidumbre no esperan? La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido clara en casos como Luna López vs. Honduras: los remedios jurídicos deben ser “expeditos y eficaces” para evitar daños irreparables. México, al ignorar esto, viola estándares internacionales que él mismo ha ratificado.

 

  1. Un peligroso precedente: La banca por encima de la ley

Esta sentencia no solo afecta a ahorradores: redefine el equilibrio de poder en la sociedad. Al negar el amparo, la Corte envía un mensaje tóxico:

  • Los bancos pueden actuar sin control judicial inmediato, usando excusas genéricas como “riesgo operativo” para justificar bloqueos.
  • El Estado se lava las manos, transfiriendo su deber de protección a corporaciones privadas.
  • La ciudadanía queda en una zona gris jurídica, donde sus derechos dependen de la “buena voluntad” de un sector que, en 2024, reportó ganancias récord de 250,000 millones de pesos.

¿Hasta qué punto permitiremos que los poderes fácticos —como la banca— se erijan como árbitros de nuestros derechos? La historia enseña que, sin frenos, el abuso es inevitable. En 1994, durante el crash financiero, miles perdieron sus ahorros por decisiones opacas de bancos y autoridades. Hoy, el riesgo es que la impunidad judicial repita esa tragedia en cámara lenta.

 

  1. ¿Y ahora qué? Reclamar el Estado de Derecho

Frente a este retroceso, no basta con criticar: hay que actuar. Propongo tres caminos:

Legislar con urgencia: ante el deficiente e ignorante criterio de la Corte, se debe reformar la Ley de Amparo para incluir explícitamente a bancos como autoridades cuando ejerzan funciones públicas, aun cuando actualmente quedan bajo ese status frente a la garantías de los usuarios de la banca.

Fortalecer mecanismos de emergencia: Crear una ventanilla única en CONDUSEF con facultades para resolver bloqueos en menos de 72 horas.

Movilización ciudadana: Los afectados deben documentar sus casos y exigir transparencia. Organizaciones como Fundar y Casa de los Derechos ya han iniciado campañas para visibilizar esta crisis.

 

6.-Reflexión final: El dinero, el poder y la dignidad

El artículo 27 constitucional establece que la propiedad privada tiene una función social. Si esto es cierto, ¿cómo permitimos que un banco —custodio de ese patrimonio social— actúe sin rendir cuentas? La frase de un juez en el siglo XIX resuena hoy con más fuerza: “El dinero no es solo un bien; es la condición material de la libertad”.

Al negar el amparo, la Corte no solo debilita un mecanismo jurídico: socava la confianza en que el Estado nos protege. María, Carlos, Lupita y millones más merecen un sistema donde su dinero no sea rehén de algoritmos corporativos ni tecnicismos legales. Donde el amparo sea, como su nombre lo dice, un amparo real.

México no puede permitirse un Estado de Derecho a medias. O defendemos los derechos de los más vulnerables frente a los poderosos, o aceptamos que, en este país, algunos son más iguales que otros. La elección es colectiva, y el tiempo corre en nuestra contra.

La historia del constitucionalismo enseña que las Cortes que renuncian a proteger al débil siempre terminan siendo recordadas del lado equivocado.

Esta Corte ha tomado una decisión.

La sociedad tomará nota.

Fuente: https://www2.scjn.gob.mx/juridica/Engroses/Cerrados/Publico/Proyecto/CCT201_2025.pdf

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