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Nacional

Ley permitirá exigir pagos digitales en sectores que defina Hacienda

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El Gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, que permitirá exigir transferencias bancarias, tarjetas y otros medios electrónicos como formas exclusivas de pago en actividades que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El decreto, expedido por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, entrará en vigor el jueves 5 de noviembre. La legislación contempla obligaciones para establecimientos comerciales, empresas y dependencias públicas, que deberán adaptar sus sistemas de cobro.

La medida no elimina el uso de efectivo de manera generalizada. Las restricciones aplicarán únicamente a los sectores estratégicos y actividades relevantes que defina Hacienda, dependencia que contará con 15 días hábiles desde la entrada en vigor de la ley para emitir esa determinación.

Tras su publicación, las autoridades responsables de cada sector tendrán otros 15 días hábiles para establecer las reglas administrativas y mecanismos necesarios para aplicar las disposiciones. Hacienda también podrá ampliar posteriormente la lista de actividades sujetas a estas restricciones.

La ley reconoce como medios de pago las tarjetas de crédito y débito, transferencias bancarias, domiciliaciones, códigos QR y tecnologías de comunicación de campo cercano (NFC). Los proveedores de bienes y servicios, así como autoridades de los tres órdenes de gobierno, deberán tener infraestructura para recibir estas operaciones, informar a usuarios sobre las alternativas disponibles y atender posibles fallas.

El ordenamiento prevé excepciones para aceptar efectivo o cheque cuando los sistemas digitales no funcionen por problemas técnicos u otras contingencias. El artículo 15 establece: “Cuando se presente una contingencia que imposibilite la recepción de medios de pago digitales y electrónicos, se permitirá el pago en efectivo o cheque”.

Sin embargo, el artículo 16 señala que esas situaciones no podrán usarse de forma recurrente para incumplir las obligaciones: “Las contingencias en sectores estratégicos o actividades relevantes no podrán justificar de manera permanente o recurrente, el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley”.

La legislación incorpora el reconocimiento de la CURP Digital para contratar servicios financieros a distancia, sin impedir el uso de otras identificaciones oficiales autorizadas. “Las personas usuarias, a su elección, podrán utilizar ante las entidades la CURP Digital o cualquier otro mecanismo de identificación oficial, para la contratación digital de servicios financieros”.

También contempla el Expediente Digital Ciudadano, con el que usuarios podrán solicitar a instituciones financieras consultar documentos personales integrados en formato electrónico. Estos tendrán efectos jurídicos equivalentes a los físicos para trámites de contratación y acceso a servicios financieros.

El Banco de México tendrá facultades para desarrollar herramientas que faciliten transferencias electrónicas, homologar aplicaciones financieras y ampliar el acceso a pagos digitales. La implementación considera sistemas como SPEI y CoDi, mientras que Banxico podrá emitir disposiciones con la CNBV para que las Terminales Punto de Venta reciban pagos mediante códigos QR.

La transición enfrenta desafíos de conectividad a internet, disponibilidad de dispositivos electrónicos y acceso a servicios financieros, factores que especialistas han identificado como obstáculos para extender los pagos digitales entre toda la población.

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