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Negligente, cínica, excluyente y discriminatoria la actuación del fiscal Alejandro Gertz Manero: CNPA-MN

Redacción Por Redacción
22 septiembre, 2020
en Justicia
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CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Ejecutiva de la Coordinadora Nacional Plan de Ayala Movimiento Nacional, señaló que a 21 meses de la desaparición, tortura y el asesinato de Noé Jiménez Pablo y José Santiago Gómez Álvarez, en Amatán, Chiapas, la actuación de la Fiscalía General de la República y la Fiscalía del estado de Chiapas, ha sido negligente, cínica, excluyente y discriminatoria para atraer el caso y dar solución al asesinato de ambos dirigentes sociales chiapanecos.

Wilfrido Hernández Jarquín, miembro de la Comisión Ejecutiva de la CNPA-MN y vocero, informó que se mantienen en plantón afuera de la Fiscalía General de la República así como en el estado de Chiapas, a fin de exigir al Fiscal, ‎Alejandro Gertz Manero, dejar de actuar “cínica y negligente” ante este caso de desaparición, tortura y el asesinato de dos defensores de derechos humanos.

Ante la negligencia y la ilegal actuación de la Fiscalía General de la República, la CNPA MN informa que a través de la cónyuge de Noé Jiménez Pablo, en los próximos días promoverá un nuevo juicio de amparo y presentará ante el órgano de control interno de la Fiscalía General de la República la denuncia correspondiente sobre la actuación ilegal de su delegado en el estado de Chiapas.

Relató el vocero de la CNPA-MN, con fecha 31 de agosto de 2020, el delegado de la Fiscalía General de la República, en el estado de Chiapas, (Ignacio Alejandro Vila Chávez) emitió el oficio por el cual determinó la negativa de ejercer facultad de atracción respecto de la carpeta de iniciada por el delito de homicidio calificado, homicidio en grado de tentativa, secuestro agravado y los que resulten cometido en agravio del Noé Jiménez Pablo y otras personas.

Además de incumplir con su compromiso de asumir atraer la investigación, si el amparo resultaba favorable, la Fiscalía General de la República llegó al cinismo de consentir que su delegado en Chiapas (Ignacio Alejandro Vila Chávez), dictaminara y firmara la negativa de atracción, cuando es un hecho público y notorio que el delegado es hermano de Rafael Arturo Vila Chávez, quien a su vez funge como defensor particular de Manuel de Jesús Carpio Mayorga, sindicado como instigador del asesinato de Noé Jiménez Pablo.

Aún y cuando el delegado de la Fiscalía General de la República en el estado de Chiapas, estaba impedido para intervenir en la petición de atracción por existir un conflicto de interés, la Fiscalía General de la República consintió tal arbitrariedad por lo que públicamente denunciamos esa práctica funesta.

Lamentó que la Fiscalía siga dando un trato sumamente diferenciado a defensores de derechos humanos como el caso del compañero Noé Jiménez Pablo que dicho sea de paso estaba bajo el Mecanismo de Protección a Defensores de Derechos Humanos y Periodistas, en relación a otros casos como por ejemplo la familia LeBarón y Langford.

La Coordinadora Nacional Plan de Ayala, Movimiento Nacional (CNPA MN), considera que no existen garantías de que la investigación de los hechos se lleve a cabo de forma, expedida, imparcial y eficaz, ya que su titular Jorge Luis Llaven Abarca, fue objeto de la recomendación 26/2002, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), por haber cometido violaciones a los derechos humanos en contra del compañero NOÉ JIMÉNEZ PABLO, cuando el hoy fiscal se desempeñaba como Agente del Ministerio Público.

Frente al visible impedimento legal y/o conflicto de interés que pudiera tener el actual Fiscal General del estado de Chiapas, por la recomendación emitida por la CNDH en su contra, el veintidós de enero de dos mil diecinueve la CNPA MN a través de Francisco Jiménez Pablo, solicitó por escrito al Fiscal General de la República ejerciera facultad de atracción de la carpeta de investigación CI 0010-068-0801-2019.

A través del Oficio No. 192/2019, signado por el Delegado de la Fiscalía General de la República, en el estado de Chiapas, el 15 de abril de 2019, la Fiscalía General de la República determinó la negativa a ejercer la facultad de atracción.

Inconforme con la resolución del delegado de la Fiscalía General de la República, en el estado de Chiapas, por conducto del compañero Francisco Jiménez Pablo se interpuso demanda de amparo. El 15 de julio de 2019, el Juez Sexto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el estado de Chiapas, emitió sentencia concediendo al quejoso el amparo y protección de la justicia de la unión.

La sentencia emitida por el Juez Sexto de Distrito, fue recurrida por el Agente del Ministerio Publico de la Federación a través del recurso de revisión, el 21 de mayo de 2020, el Tribunal Colegiado confirmó la sentencia recurrida.

Durante el trámite del juicio de amparo la comisión de interlocución de la CNPA MN, sostuvo varias entrevistas con funcionarios de la Fiscalía General de la República, quienes asumieron el compromiso de atraer la investigación si el juicio de amparo resultaba favorable.
AM.MX/fm

 

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