Redacción MX Político.- En la recta final del año, la atención de los trabajadores se centra no solo en los preparativos navideños, sino también en el esperado aguinaldo, una prestación a la que todos tienen derecho y que, según la Ley Federal del Trabajo (LFT), debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre.
Contrario a algunas dudas comunes, la legislación es clara: el aguinaldo debe ser pagado en efectivo o mediante depósito bancario, y no en especie.
Ni la falta de utilidades de la empresa ni las dificultades económicas del patrón son excusas válidas para eludir esta obligación.
Efectivo, no mercancías: La Ley lo deja claro
La LFT prohíbe expresamente el pago del aguinaldo con mercancías, vales, fichas o cualquier otro medio que pretenda sustituir la moneda.
De esta forma, los trabajadores deben recibir su aguinaldo en pesos mexicanos y, en caso de optar por medios electrónicos, los gastos o costos asociados deben ser cubiertos por el empleador.
La ley también prohíbe cualquier descuento al aguinaldo, a excepción de anticipos o por concepto de pensiones alimenticias. En caso de incumplimiento por parte del patrón, ya sea por falta de pago o por realizarlo de forma incompleta, este podría enfrentar multas.
Derechos inamovibles: Maternidad y accidentes de trabajo
Las madres trabajadoras que han gozado de permisos por maternidad no deben preocuparse por descuentos en su aguinaldo.
La ley considera estos periodos como días trabajados para el cálculo de la prestación. Similar consideración se aplica a los empleados que hayan sufrido accidentes de trabajo, asegurados o no, quienes tienen derecho al aguinaldo completo durante su incapacidad temporal.
Renuncia no impide aguinaldo proporcional
Aquellos trabajadores que decidan renunciar antes del 20 de diciembre aún conservan el derecho a recibir la parte proporcional de su aguinaldo por el tiempo laborado.
La Secretaría del Trabajo recalca que el aguinaldo es un derecho irrenunciable, independientemente de otras prestaciones.
Desde 1970, el pago del aguinaldo se convirtió en una obligación en México, convirtiéndose en uno de los momentos más esperados por la clase trabajadora al cierre de cada año.
En caso de dudas o incumplimientos, los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, quien gestionará la demanda ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
En resumen, el aguinaldo es un derecho respaldado por la ley, y su pago en efectivo es una garantía para todos los trabajadores mexicanos. ¡A recibir con alegría y certeza esta prestación que reconoce el esfuerzo de cada uno durante el año!
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