Nacional
Presidente del Senado se congratuló con la decisión de la SCJN de ratificar validez de la llamada Ley “3de3”
El presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Pablo Escudero Morales, se congratuló por la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la que declara la constitucionalidad de la llamada Ley “3de3” y ratifica la validez de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, respecto a la publicidad de la información de las declaraciones de los servidores públicos.
Escudero señaló que la decisión de nuestro Máximo Tribunal Constitucional confirma el rigor jurídico con el que los senadores de la República trabajamos las leyes secundarias del Sistema Nacional Anticorrupción, al garantizar los derechos humanos a la protección de datos personales y de la vida privada de los servidores públicos; así como el establecer que sea el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción quien defina, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, los formatos de publicidad de las declaraciones patrimoniales y de intereses garantizando la protección de estos rubros, derechos fundamentales protegidos por la Constitución, como lo marca la Ley General aprobada el año pasado por el Congreso de la Unión.
El presidente de la Cámara alta subrayó que, como lo explica bien el proyecto que se discutió por el Pleno de la Suprema Corte, aún en el contexto de máxima publicidad y menor umbral de protección, los servidores públicos cuentan con protección de datos personales y de la vida privada, por tanto no toda la información personal de los servidores públicos es necesaria de ser publicada, ya que hay información que puede poner en peligro la vida o la integridad del funcionario y ninguna justificación o prueba de interés público puede superar un riesgo de este tipo, como lo argumentamos en su momento; es por ello que la salvaguarda en sí misma no resulta inconstitucional, ya que, primero, si bien la expectativa de privacidad de un servidor público disminuye, la misma no desaparece; segundo, si bien el interés público hace que la necesidad de escrutinio sea mayor.
Finalmente, Pablo Escudero insistió en que la decisión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirma el criterio de los senadores sobre la protección de datos personales y de la vida privada de los servidores públicos, tras declarar infundada la acción de inconstitucionalidad 70/2016, promovida por diversos diputados integrantes de la Cámara de Diputados y reconocer la validez de los artículos 29, 34, párrafo tercero; 48, párrafo primero, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
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