El procurador David Aguilar Romero ha sido absuelto de las acusaciones de acoso que pesaban en su contra, según el reciente fallo del Órgano Interno de Control (OIC) de la Secretaría de la Función Pública en la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
El 11 de septiembre, el OIC determinó que no existían pruebas suficientes para considerar al procurador culpable de una falta administrativa. La titular del área de Quejas, Denuncias e Investigaciones del OIC, Nayeli Monserrat Moreno Camacho, notificó ayer la resolución a Aguilar Romero.
El expediente 149140/2024/PPC/PROFECO/DE88, que detalla la investigación, concluyó que “no se encontraron elementos aptos, idóneos ni suficientes” para confirmar las acusaciones. Como resultado, se decidió emitir un “Acuerdo de conclusión y archivo”.
La queja inicial también mencionaba a otros empleados de la Profeco, incluidos Emmanuel Alejandro Valenzuela Alcaraz, Diana Fabiola Piedra Flores, Ilse Mariana González Benavides y Luis Guillermo Chapa Méndez. Estos también recibieron la notificación de la resolución.
La investigación se llevó a cabo conforme a los Lineamientos para la atención e investigación de denuncias y el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, establecidos en el Diario Oficial de la Federación en enero de 2020. Estos documentos regulan los procedimientos para casos de esta índole en dependencias federales.
Adicionalmente, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) había determinado en junio que no se habían violado los derechos humanos de la ex colaboradora de Aguilar Romero. Sin embargo, la CNDH recomendó al OIC continuar con la investigación de las posibles faltas administrativas y aconsejó a la quejosa seguir con su denuncia penal ante la Fiscalía General de la República y la Función Pública, solicitándole que “aportara las pruebas pertinentes”.
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