La figura venerable de Cresencio Rejón y Manuel Otero, cada vez más admirada por quienes conformamos la Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados de México, A.C., y por todos aquellos que se adentran en el estudio y análisis de lo que dio nacimiento a nuestra Ley de Amparo, que tanto lustre ha generado para nuestro México y cuya influencia ha resultado tan sensible y benéfica para los justiciables, nos hace desear que se haga extensiva y sea conocida por todos los mexicanos a fin de que se sepa que contamos con un arma que pone coto a las arbitrariedades y desviaciones de conducta de nuestras autoridades.
En corroboración al anterior aserto, solicito la venia de mis lectores a fin de citar elocuentes palabras relacionadas al tema en comento, reproduciendo para tal fin lo escrito por uno de los más notables juristas ingleses del ayer, Guillermo Blacksotne, quien refirió: “Es regla general e indisputable, que donde quiera que hay un derecho legal, igualmente hay defensa de ese derecho mediante juicio o acción siempre que el derecho es invadido”, dicho eminente jurista también en su momento expresó que “es un principio fijo e invariable de las leyes, que todo derecho cuando se veja, tiene que tener un recurso y que toda injuria debe de tener un remedio”. Ello quedó asentado para la historia en la página 23 y siguientes de su obra “commentaries on the laws of England”.
Coincidente con el pensamiento de ese ilustre jurista británico, otro nuestro Ignacio L. Vallarta, en su momento expuso la importancia de conocer y adentrarse en la necesidad jurídica ineludible del juicio de garantías como factor imprescindible para la tutela cabal de los derechos del gobernado.
Así pues, a la Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados de México, A.C., le surge la idea de hacer extensivos sus modestos conocimientos a la gente que desconoce la existencia de tan vital medio de defensa, es por ello, que quiere que se sepa que en México existe un medio jurídico para hacer respetar los derechos consagrados en la ley a favor de los mexicanos que somos gobernados por autoridades patularias, o sea, un conducto legal mediante el cual chairos o fifís que veamos afectados y agraviados nuestros derechos fundamentales y garantías individuales, con especial mención la de su libertad, pueda exigir la reparación del agravio sufrido, o la suspensión del acto estúpidamente autoritario causante del mismo. Dura Lex Sed Lex.
Cuando en todos los confines de la Patria se sepa y se entienda que merecemos respeto por parte de los gobernantes y que no estamos indefensos ante los ataques, actos y decíres de aquellas autoridades que inobservan nuestras exigencias y por sobre todo, que se niegan a cumplir con el espíritu de nuestra Norma Fundamental, en ese preciso momento México será más México y sus autoridades serán menos patanes.
Lic. Alberto Woolrich Ortíz.
Presidente de la Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados de México, A.C..