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Nacional

TEPJF ordena al INE excluir del conteo las boletas “planchadas”

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) ajustar sus lineamientos para que las llamadas boletas “planchadas” no se contabilicen como parte de la votación cuando se confirme que carecen de marcas de doblez.

La resolución fue aprobada por unanimidad y establece que una boleta sin señales de haber sido doblada “impide vincular la boleta con un sufragio emitido”.

Mediante un comunicado, la Sala Superior informó que revocó los lineamientos del INE para la Preparación y Desarrollo de los Cómputos Electorales del proceso 2026-2027, en los que se contemplaban las denominadas boletas “planchadas”.

El tribunal señaló que la emisión del voto comprende una secuencia prevista por la ley: recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna.

De acuerdo con la determinación, la falta de marcas de doblez impide vincular objetivamente el documento con un sufragio emitido conforme al procedimiento establecido en la legislación electoral.

La decisión sobre las boletas sin doblez corresponderá, por regla general, a los ciudadanos que integran las mesas directivas de casilla. De manera excepcional, también podrán intervenir los Consejos Distritales durante recuentos parciales o totales.

El fallo establece que, cuando se acredite la existencia de boletas sin marcas de doblez, estas no deberán contabilizarse como parte de la votación y tendrán que mantenerse separadas de las que sí integren el cómputo electoral.

La Sala Superior sostuvo que la certeza en la contabilidad de las boletas electorales es fundamental para el sistema electoral, por lo que no debe existir duda sobre cuáles documentos se cuentan ni sobre la forma en que se realiza el procedimiento.

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