Por María Manuela de la Rosa Aguilar.
Nuestro convulso mundo no deja de registrar guerras, represión y las consecuencias de las dictaduras oscurecen más el panorama, pues parece que la historia de la guerra es la historia de la humanidad misma. La última gran guerra terminó en 1945, con un saldo de más de 70 millones de personas, por lo que ha sido considerada la guerra más sangrienta de la historia y muchos años han pasado ya de semejante catástrofe, iniciada por la megalomanía de un hombre enfermo de perversidad, que irónicamente siguieron miles de personas, aún hoy hay quienes se proclaman fascistas.
Pero qué decir de las actuales dictaduras y el totalitarismo en el mundo, ahí está Rusia, China, Corea del Norte y no se diga América Latina, Nicaragua y Venezuela como ejemplos vivos, pero México no escapa a la definición, porque gobierna un líder carismático, pero de una maldad innegable, que lleva bajo el brazo de su gobierno el permitir más de 145 mil asesinatos con violencia, donde la impunidad es el signo distintivo. Y qué decir de los muertos por el Covid-19 gracias a la ineficacia de su administración, que pareciera ser su proyecto político rector, gracias a lo cual 333,655 personas murieron a causa de esta pandemia. ¿Crímenes de Estado?, la negligencia lo dice todo.
El caso de Vlavimir Putin es claro, la Corte Penal Internacional ha girado la orden de detención por crímenes de guerra y seguramente habrá múltiples delitos asociados a la guerra en Ucrania, el caso se vislumbra difícil, no sólo porque Rusia salió del Estatuto de Roma, sino por el gran poder que ostenta, el apoyo de China y sobre todo por los giros de la política internacional, en donde los intereses priman. Y si bien esto es así, no podemos soslayar que ya se han dado casos de juicios y sentencias.
El ex Primer Ministro Japonés, el carismático general Hideki Tojo, que fue declarado criminal de guerra en los juicios de Tokio en 1946 por tribunales internacionales.
El ex Presidente de Yugoslavia Slobodan Milosevic, detenido por la Corte Penal Internacional en el 2001, acusado de crímenes de guerra, de lesa humanidad y genocidio, aunque posiblemente se suicidó, ya que fue encontrado en su celda en el 2006.
Curiosamente, así es la política, toda la información relativa a investigaciones de una comisión de 17 países sobre crímenes de guerra cometidos durante la II Guerra Mundial fueron guardados durante 70 años, hasta que en el 2015 la ONU tomó la iniciativa de analizar cómo desclasificar dicho archivo para hacerlo público.
No todos los criminales quedan impunes, la ONU creó un tribunal para juzgar todo lo relacionado con el genocidio de Ruanda en 1994, Jean-Paul Akayesu fue responsabilizado de participar en el plan para exterminar a toda la población Tutsi, un crimen aterrador, conde murieron a machetazos entre 800 mil y un millón de personas de las etnias Tutsi y Hutu. El racismo en su máxima expresión, que llevó a cometer crímenes de odio, ruandeses contra sus mismos compatriotas.
En el 2016 Ban Ki-Moon, Secretario de la ONU alertó sobre los bombardeos en Alepo y el uso sistemático de armas incendiarias y municiones de última generación sobre áreas densamente pobladas, lo cual entra dentro de los crímenes de guerra, por lo que el entonces Alto Comisionado de ACNUR de la ONU, Antonio Guterres, que hoy es el Secretario General, está a la cabeza desde entonces de una investigación sobre Siria.
En Yemen se libra una guerra y también hay una investigación en curso por posibles crímenes de guerra debido a los bombardeos aéreos y el uso de bombas de racimo contra la población de Saná, la capital de Yemen y hoy día el 80% de la población depende de la ayuda humanitaria para contar con agua, comida y medicinas. Desde el 2016 la CPI tiene abierta una investigación por crímenes de lesa humanidad.
En febrero del 2018 la CPI abrió una investigación preliminar sobre posibles crímenes de lesa humanidad cometidos por autoridades venezolanas desde mediados de abril de 1917, aunque un examen preliminar fue abierto en el 2006, pero fue cerrado en virtud de que se consideró que no cumplía con los requisitos para dar inicio a la investigación. Pero en 1918 un panel de expertos independientes nombrado por la Organización de Estados Americanos (OEA), concluyó que sí existían los fundamentos para probar que en Venezuela sí se han cometido crímenes de lesa humanidad.
El 7 de noviembre del 2019 la CPI sentenció a 30 años de prisión por 18 cargos de crímenes de guerra de esa humanidad, esclavitud sexual, violaciones y reclutamiento de niños en El Congo al comandante Bisco Ntaganda, apodado “Terminator”, quien ostentaba el cargo de jefe adjunto del Estado Mayor y Comandante de las Fuerzas Patrióticas Para la Liberación del Congo.
Por otra parte, es preciso mencionar que en Colombia se encuentra el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado de Colombia que ha documentado crímenes de lesa humanidad desde 1996, principalmente contra los movimientos sociales y populares, considerados como un tipo de violencia sociopolítica y estatal, caracterizados como actos generalizados contra una gran cantidad de víctimas; sistemáticos, de acuerdo a un plan o política preconcebida que lleva a acciones inhumanas; cometidos por autoridades del Estado o por particulares, consentidos por el mismo Estado; y dirigidos contra la población civil, ya sea por motivos políticos, económicos, raciales, religiosos o culturales.
Y en este sentido, muchos son los casos que cabría considerar incluso para que las instancias internacionales tomen cartas en el asunto, pues día a día se registran miles de asesinatos en el mundo, en silencio, inadvertidos, bajo un ambiente hostil, adverso y de gran impunidad.
Cabe agregar que la CPI sólo puede ser activada por la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, el Consejo de Seguridad de la ONU y los Estados Parte del Estatuto de Roma y también es posible que un Estado No Parte tenga la facultad de aceptar la competencia ad hoc de la CPI. El Estatuto de Roma es aplicable a todas las personas, sin distinción alguna y los crímenes que persigue no prescriben, aunque la CPI no puede dictar condenas de muerte, sino cárcel hasta por 30 años o incluso cadena perpetua en casos de extrema gravedad y de manera excepcional.