CIUDAD DE MÉXICO, 11 de septiembre (AlMomentoMX).- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) determinó multar por 23.6 millones de pesos a cinco empresas de taxis y cuatro personas físicas que operan en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por prácticas monopólicas al coordinarse para subir sus tarifas.
A través de un comunicado, la autoridad indicó que esta práctica monopólica causó un daño al mercado de 771 millones 713 mil pesos y perjudicó a más de 12 millones de usuarios.
Las empresas sancionadas son:Taxistas Confort y Servicios en Transportación Terrestre (Confort), Porto Taxi Terrestre Ejecutivo (Porto Taxi), Taxistas Agremiados para el Servicio de Transportación Terrestre Sitio 300 (Sitio 300), Yellow Cab del Nuevo AICM —antes Sitio 300 Yellow Cab— (Yellow Cab), y Transportación Terrestre Nueva Imagen (Nueva Imagen).
Explicó que si bien el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares establece que los transportistas pueden determinar y modificar sus tarifas, sin necesidad de la aprobación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), se comprobó que las empresas sancionadas realizaron un acuerdo de elevar el precio al que era ofrecido el servicio.
“La Comisión acreditó que los agentes económicos sancionados realizaron un acuerdo con el objeto y efecto de fijar, elevar, concertar o manipular el precio al que era ofrecido el servicio de taxi, conducta que actualiza el supuesto previsto en la fracción I del artículo 9 de la anterior Ley Federal de Competencia Económica (LFCE)”, detalló la Cofece.
De acuerdo con la investigación, el 11 de abril de 2011, las agrupaciones mencionadas, mediante sus representantes, firmaron un acuerdo en el cual decidieron contratar de manera conjunta a Santaló Estudios y Proyectos (SEPSA) para que elaborara un estudio tarifario, cuyo objetivo era determinar los precios que en el futuro debían registrar y cobrar por el servicio de taxi para mejorar sus ingresos.
Para ello, los sitios entregaron a la consultora información estratégica que en condiciones normales de competencia las empresas no comparten, como sus costos de operación, tarifas, ganancias, número de unidades y estadísticas de ventas, entre otras.
SEPSA proporcionó a cada una de las agrupaciones el estudio tarifario, en el que definió un esquema y recomendaciones para determinar las “tarifas competitivas” que cobrarían hasta el año 2021 por el servicio de taxi. A su vez, los permisionarios de las agrupaciones, con excepción de Confort, registraron ante la SCT las tarifas recomendadas por el estudio, y en agosto de 2011 aumentaron el precio ofrecido por el servicio.
Además de la multa económica, la Cofece ordenó informar a las autoridades del AICM sobre este asunto para los efectos legales a que haya lugar, toda vez que el contrato que el Aeropuerto tiene celebrado con cada una de estas agrupaciones establece como causal de rescisión la realización de prácticas monopólicas absolutas.
AM.MX/dsc
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