Por Aurelio Contreras Moreno
Como se adelantó en la anterior entrega de la Rúbrica, la iniciativa para reformar el Código Penal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y ampliar las causales de interrupción legal del embarazo en la entidad será bloqueada en el Congreso del Estado por los diputados de Acción Nacional y su nueva mayoría artificial.
Aunque el dictamen que decreta como “improcedente” la iniciativa de reforma presentada por la diputada de Morena Tanya Carola Viveros no se discutió este martes en la sesión de la Diputación Permanente, sino que será llevada ante el Pleno en la sesión extraordinaria del próximo 28 de septiembre, el “presidente” de la Junta de Coordinación Política, el panista Sergio Hernández Hernández, declaró que de plano ni siquiera la discutirán a fondo, sino que simple y llanamente la desecharán.
Su “argumento” es de una frivolidad chabacana: como en la Constitución de Veracruz se estipula que el Estado “protegerá” la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, no puede reformarse el Código Penal si no se enmienda antes la carta magna estatal.
Pero la estulticia del legislador fue más lejos, al afirmar que esto no significa que se desacaten las recomendaciones de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), pues según él, este organismo de la Secretaría de Gobernación les pidió “presentar la iniciativa” de reforma, “no aprobarla”, por lo cual, “la recomendación está acatada”.
Más allá de que el diputado panista, que ni siquiera cuenta con educación universitaria –ni con la menor ética política-, pretende burlarse de los ciudadanos y sobre todo de las mujeres veracruzanas, su argumentación es totalmente tramposa y falaz.
El propio artículo 4 de la Constitución del Estado de Veracruz deja abierta la posibilidad de que en las leyes secundarias se establezcan causales para permitir un aborto: “El Estado garantizará el derecho a la vida del ser humano, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, como valor primordial que sustenta el ejercicio de los demás derechos; salvo las excepciones previstas en las leyes”, se establece en el numeral constitucional vigente desde el año pasado, tras la reforma impulsada por el entonces gobernador. Sí, estamos hablando de Javier Duarte de Ochoa, el “protector de la vida”.
Asimismo, en la misma redacción actual del Código Penal del Estado están contempladas algunas causales, mismas que no se contraponen con el ordenamiento constitucional. En el artículo 154 de esta norma se establece que el aborto no es punible cuando “es causado por imprevisión de la mujer embarazada; el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, siempre que se practique dentro de los 90 días de gestación; de no provocarse, la mujer embarazada quede en peligro de muerte a juicio del médico que la asista, oyendo éste la opinión de otro facultativo, siempre que ello fuere posible y la demora no aumente el riesgo; a juicio de dos médicos, exista razón suficiente de que el producto padece una alteración que dé por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves y se practique con el consentimiento de la mujer embarazada”.
Así que la negativa panista a siquiera entrar al debate de la ampliación de las causales de interrupción legal del embarazo no se trata de un asunto de legalidad. Es pura y dura doble moral del pan-yunismo gobernante, que por un lado dice que “lamenta” y “condena” las agresiones contra las mujeres, y por el otro, les da puñaladas traperas.
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