José Alberto Sánchez Nava
1.-En México, el presidente de la república tiene la facultad de dirigir la política exterior observando la autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la solución pacífica de controversias, la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales, en consecuencia, el ámbito del derecho constitucionalmente internacional, trasciende a nuestras fronteras y por tanto los actos en materia de política exterior que determine el titular del poder ejecutivo, se deben debidamente fundar y motivar bajo los lineamientos de los tratados internacionales ratificados por el senado de la república, así mismo por nuestra constitución y leyes secundarias aplicables, de conformidad con el artículo 89 fracción X, de nuestra Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
2.-Es importante destacar que el contenido del artículo 89 fracción X de nuestra constitución, hasta el día viernes 10 de junio de 2011, no contemplaba el principio complementario en el aspecto humanitario de la cooperación internacional para el desarrollo; consistente en el “respeto, la protección y promoción de los derechos humanos” en materia de política exterior, sin embargo, la Comisión Permanente al llevar a cabo las reformas Constitucionales de 2011, ya había complementado de forma conjunta el artículo 1° Constitucional, e incorporó y elevó a rango constitucional los derechos humanos que se encuentran expresamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en instrumentos internacionales que el Estado mexicano ha ratificado. lo que deriva en una mayor armonización con el Derecho Internacional de Derechos Humanos (DIDH)
3.-Lo anterior lleva implícito el principio de “interpretación conforme” que permite al interpretar la Constitución Federal, acudir a las normas de derechos humanos consagradas en los tratados internacionales en la materia, ratificados por el Estado mexicano. En el nuevo tercer párrafo de dicho precepto, se establece la obligación de las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, y que esta obligación será observando cuatro principios básicos de los derechos humanos: universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; principios que señalan criterios claros que fungirán como directrices para las autoridades judiciales, legislativas y administrativas en su labor de defensa y promoción de los derechos humanos. Sin embargo, en noviembre de 2019, el Senado nombró a Rosario Piedra Ibarra como la nueva titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Muchos defensores de derechos humanos denunciaron su designación como inconstitucional, alegando que Piedra Ibarra, una exdirigente del partido al cual pertenece el presidente, tiene un vínculo demasiado estrecho con el gobierno para ser autónoma y apolítica.
4.- El artículo 89 fracción X, de nuestra constitución federal, al contemplar que, en la conducción de la política exterior, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos…. “la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;” se refiere a la cooperación ante y con instancias de organismos internacionales, en contra de abusos de los derechos humanos, pero también para pugnar por la esperanza en un mundo mejor; por eso, se debe trabajar para mejorar los derechos humanos a través de actividades de campaña y de la solidaridad internacional, por conducto de organismos humanitarios, haciendo frente a la problemática que vulneran los derechos humanos como lo son, el Comercio de armas, conflictos armados, terrorismo, justicia, la protección de los defensores y defensoras de los derechos humanos; alentar los derechos económicos, sociales y culturales; condenar las desapariciones forzadas, las detenciones arbitrarias, la discriminación, impulsar y establecer la justicia internacional, la libertad de expresión, condenar la pena de muerte, auxiliar a las personas en situación de riesgo, proteger a las personas refugiadas, a los migrantes y desplazados internamente etc.
5.- Sin embargo, El Informe Mundial 2021, en su 31a edición de la revisión anual de Human Rights Watch, el cual refleja las prácticas y tendencias de derechos humanos en todo el mundo, analiza los acontecimientos ocurridos en el último año en más de 100 países, e informa que el gobierno cubano reprime y castiga cualquier forma de disenso y crítica pública. Sigue utilizando contra sus críticos tácticas como golpizas, denigración pública, restricciones a la posibilidad de viajar, detenciones por períodos breves, multas, acoso en línea, vigilancia y despidos de los puestos de trabajo. En octubre de 2019, Miguel Díaz-Canel fue confirmado como presidente de Cuba con casi el 97 % de los votos de los miembros de la Asamblea Nacional. Durante su presidencia no se han producido cambios en las políticas del gobierno sobre derechos humanos. El gobierno sigue llevando a cabo detenciones arbitrarias e intimida a quienes manifiestan críticas. Bajo su gobierno, Cuba ha aplicado el Decreto-ley 370/2018, que entró en vigor en julio de 2019 y que limita gravemente la libertad de expresión, y promueve los fines de detener, multar y acosar a críticos.
https://www.hrw.org/es/world-report/2021/country-chapters/377428
6.- Por su parte ese mismo informe de Human Rights Watch, refiere que, en México, las violaciones de derechos humanos —incluyendo torturas, desapariciones forzadas, abusos contra migrantes, ejecuciones extrajudiciales y ataques contra periodistas independientes y defensores de derechos humanos— han continuado durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, quien asumió la presidencia en diciembre de 2018. La impunidad sigue siendo la norma. La aplicación de las reformas aprobadas en 2017 y 2018 ha sido lenta y hasta el momento estas han sido ineficaces para combatir la tortura y la impunidad. México ha utilizado activamente a las Fuerzas Armadas en acciones contra el narcotráfico y la delincuencia organizada, lo cual ha propiciado violaciones generalizadas de derechos humanos. Entre 2014 y 2019, la CNDH recibió aproximadamente 3 mil denuncias relacionadas con presuntos abusos militares.
https://www.hrw.org/es/world-report/2021/country-chapters/377395
7.-En consecuencia y por cuestiones de constitucionalidad, México tiene la obligación de justificar la ayuda humanitaria y la naturaleza de las relaciones diplomáticas con un régimen como el cubano el cual es totalitario, mediante un organismo internacional humanitario que proteja en favor de la población cubana la observación y destino de la ayuda, bajo un esquema de cooperación internacional para el desarrollo; y el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos, de conformidad con el artículo 89 fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vulnerar este precepto constitucional implica vulnerar nuestra soberanía ante a un gobierno que adolece de la reciprocidad democrática, por conducto de uno de los tres poderes que constituyen el estado mexicano, puesto que en México el poder reside en el pueblo, y nuestro pueblo solo se relaciona con otro pueblo inclusive en todos los ámbitos como el cultural, no con quienes por ideologías diversas subyuga los derechos humanos como un acto de gobierno a su propio pueblo, como lo hace Díaz-Canel, el cual, no es un presidente legítimo producto de una democracia; es el cabecilla de una inhumana dictadura quien fue designado por dedazo. En Cuba no hay democracia ni elecciones multipartidistas desde hace más de 60 años. En ese periodo a los cubanos les han impuesto tres dictadores: Fidel y Raúl Castro, y ahora Díaz-Canel. Sin embargo, la fraternidad con el pueblo cubano no implica que el pueblo de México este de acuerdo con las violaciones a los derechos humanos por quienes detentan el poder en Cuba, porque ello contraviene nuestra Constitución.
8.- Es en consecuencia, que Cuba refleja las imprecisiones constitucionales del manejo de la política exterior de México y cuyos efectos contradictorios se irradian hacia los países que conforman a Latinoamérica, así, mientras que el presidente insta a Los Estados Unidos de Norteamérica para levantar el bloqueo económico a cuba de forma frontal y al margen de organismos humanitarios internacionales y solo con efectos protagónicos, El gobierno no ha proporcionado apoyo ni protección adecuada a los aproximadamente 66 mil solicitantes de asilo en EE. UU. Provenientes de toda América Latina y que han sido asignados al programa de “Quédate en México” (Remain in Mexico), incluyendo a aquellos con alto riesgo de marginación, como personas con discapacidad y problemas de salud crónicos, personas mayores y niños y niñas. Muchas se han refugiado en campamentos improvisados o albergues atestados a lo largo de la frontera entre México y EE. UU.
9.- Respecto de los migrantes y solicitantes de asilo en México provenientes de todo el continente, éstos se encuentran vulnerables ante carteles delictivos, delincuentes comunes, y en ocasiones policías y funcionarios de migración, actúan regularmente en contra de personas que migran a través de México, con el fin de robar, secuestrar, extorsionar, violar o matar. Los carteles delictivos suelen hacerlo “bajo la tolerancia o con la participación de ciertas autoridades”, según informó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2013. Estos delitos rara vez son denunciados, investigados o penalizados. En 2019, la CNDH recibió 606 denuncias de abusos contra migrantes y el Ministerio Público inició 72 investigaciones de delitos contra ellos.
10.- el informe 2021 de Rights Human Watch, señala que, entre enero de 2019 y marzo de 2020, el gobierno del presidente de EE. UU. Donald Trump —con la colaboración del gobierno de López Obrador— envió cerca de 66 mil personas no mexicanas que estaban solicitando asilo en EE. UU. a esperar los resultados de sus solicitudes en México, en el marco del programa de “Quédate en México” (Remain in Mexico). Hasta noviembre de 2020, muchos de los solicitantes incluidos en el programa seguían esperando una resolución, obligados a vivir en condiciones precarias, insalubres y peligrosas con asistencia insuficiente del gobierno mexicano.
11.- En marzo de 2020, el gobierno de EE. UU. dejó de aceptar la mayoría de las solicitudes de asilo efectuadas en la frontera entre EE. UU. y México, utilizando la pandemia de Covid-19 como pretexto para empezar a expulsar sumariamente a la mayoría de las personas que llegan a la frontera estadounidense o transferirlas a autoridades mexicanas que, por lo general, las deportan a América Central. Desde 2008, EE. UU. ha destinado más de USD 3,1 mil millones de ayuda a través de la Iniciativa Mérida para asistir en la lucha contra la delincuencia organizada y el narcotráfico en México. El presidente López Obrador dijo en mayo de 2019 que su gobierno rechazaría esta iniciativa y reorientaría la cooperación entre EE. UU. y México hacia los factores que propician la migración a EE. UU., reduciendo la pobreza en América Central y el sureste de México. Sin embargo, en 2019 y 2020, México continuó recibiendo aproximadamente USD 150 millones al año a través de la iniciativa, principalmente para medidas contra el narcotráfico. También desvió USD 4 millones de sus propios programas de desarrollo para América Central con el fin de destinarlos a la detención y expulsión de migrantes.
12.- En 2019, el presidente López Obrador movilizó a la Guardia Nacional —una rama de las Fuerzas Armadas— para efectuar controles migratorios. El gobierno afirma que los soldados solamente asisten a las autoridades de migración. Sin embargo, en una grabación de audio filtrada de 2019, una alta funcionaria de migración le informa a su equipo que ahora están “bajo las instrucciones y supervisión de la Guardia Nacional”. Antes de ser deportadas a sus países de origen, la mayoría de las personas detenidas por la Guardia Nacional son enviadas a centros de detención migratoria, donde persisten y diariamente se documentan quejas por las condiciones de hacinamiento e insalubridad, de ahí surgen las Imprecisiones constitucionales en el manejo de la política exterior de México cuyos efectos trascienden en materia de seguridad nacional, al desapartarse el poder ejecutivo de una debida fundamentación constitucional en materia de derechos humanos en cada uno de sus actos.