José Alberto Sánchez Nava
“La salud y el bienestar infantil, bajo el interés superior de la niñez, deben ser prioridad absoluta del Estado, garantizando atención médica de calidad y protección sanitaria.”
1.- Introducción
El reciente brote de infecciones por Klebsiella oxytoca en el Estado de México, que ha cobrado la vida de 13 menores y dejado a otros en estado crítico, expone no solo las deficiencias en la seguridad hospitalaria, sino también la falta de una respuesta integral y efectiva ante emergencias sanitarias. Este caso, que podría estar relacionado con la contaminación de soluciones intravenosas, subraya la necesidad de fortalecer la capacidad de respuesta sanitaria en nuestro país, donde la estructura y misión del Consejo de Salubridad General, tal como está consagrada en la Constitución, sigue siendo subutilizada en momentos críticos.
2.-El mandato constitucional del Consejo de Salubridad General
La estructura y misión del Consejo de Salubridad General (CSG) están sustentadas en el artículo 4°, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que garantiza el derecho a la protección de la salud. Este órgano colegiado, que depende directamente del Presidente de la República, tiene el carácter de autoridad sanitaria suprema y sus disposiciones son obligatorias para las autoridades administrativas del país.
En términos del artículo 73, fracción XVI, Base 1ª, de la Constitución, así como de la Ley General de Salud y su Reglamento Interior, el CSG cuenta con la autoridad para dictar medidas generales en materia sanitaria y actuar de manera decisiva en emergencias como el actual brote. Sin embargo, pese a su mandato constitucional, su capacidad operativa y su impacto real en la toma de decisiones en situaciones de crisis no se han materializado plenamente.
3.-La tragedia del brote de Klebsiella oxytoca
El brote en cuestión involucra a menores con edades de entre 0 y 14 años, quienes, además de enfrentarse a esta peligrosa bacteria, padecen distintas comorbilidades que agravan su estado de salud. Aunque la Secretaría de Salud del Estado de México ha implementado medidas como la vigilancia epidemiológica, la emisión de alertas y la atención hospitalaria de los casos confirmados, estos esfuerzos aislados no son suficientes.
La Klebsiella oxytoca es una bacteria oportunista que suele proliferar en ambientes hospitalarios donde los protocolos de esterilidad y manejo de insumos no son rigurosos. Este caso pone en evidencia fallas críticas en la supervisión de los insumos médicos y en los sistemas de control de infecciones dentro de las instituciones de salud, señalando una urgente necesidad de una respuesta centralizada y coordinada.
4.-El papel del Consejo de Salubridad General en tiempos de crisis
En situaciones de emergencia sanitaria como esta, el CSG debería erigirse como el eje rector de todas las medidas de respuesta. Con base en su mandato constitucional, el Consejo tiene la autoridad para dictar disposiciones generales de cumplimiento obligatorio en todo el país, incluyendo:
- Establecer estándares nacionales de control de infecciones: Implementar lineamientos estrictos para el manejo de insumos médicos, especialmente en hospitales que atienden a poblaciones vulnerables como neonatos y menores.
- Coordinar una respuesta unificada: Centralizar las acciones de monitoreo, prevención y tratamiento en los estados afectados para evitar respuestas fragmentadas.
- Asegurar un presupuesto de emergencia: Gestionar recursos para financiar las acciones necesarias, incluyendo la adquisición de insumos seguros y el fortalecimiento de la infraestructura sanitaria.
- Fortalecer la capacitación y supervisión: Garantizar que el personal médico y de apoyo en hospitales reciba formación continua en control de infecciones y manejo adecuado de equipos médicos.
5.-Hacia un sistema sanitario resiliente
El caso del brote de Klebsiella oxytoca no es un incidente aislado, sino un síntoma de problemas más profundos en el sistema de salud mexicano. Para prevenir tragedias similares, es fundamental dotar al Consejo de Salubridad General de las herramientas necesarias para ejercer su mandato con mayor eficacia y autonomía.
La salud pública es un derecho fundamental consagrado en nuestra Constitución, y el Consejo debe asumir un papel protagónico como autoridad sanitaria suprema. Esto implica no solo actuar en emergencias, sino también liderar una estrategia preventiva a nivel nacional que contemple auditorías constantes, programas de educación sanitaria y simulacros de preparación ante brotes epidemiológicos.
6.-Conclusión: Un llamado a la acción
El artículo 4° de la Constitución no debe ser una promesa vacía; debe convertirse en una realidad palpable para todos los mexicanos. Los menores que perdieron la vida en el Estado de México merecen justicia, y esta justicia solo puede lograrse mediante un sistema sanitario fortalecido, liderado por un Consejo de Salubridad General con verdadera capacidad de acción.
Es momento de que el gobierno federal, en coordinación con el CSG, tome medidas concretas para garantizar que casos como este no vuelvan a repetirse. México necesita un sistema de salud resiliente que no solo responda a las crisis, sino que las prevenga con anticipación y eficacia. La salud de nuestros niños y niñas, y de toda la población, no puede depender de soluciones reactivas; requiere de un compromiso real y sostenido para proteger la vida y la dignidad de todos.