Nacional
Aprobadas las reformas a pensiones de viudez del IMSS e ISSSTE
La iniciativa pretende restituir el espíritu solidario en el que se fundamenta la seguridad social, justificó el senador Ricardo Monreal.
Redacción MX Político.- El Senado de la República aprobó ayer -por unanimidad- reformas a las leyes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), con el objeto de derogar disposiciones que condicionan el otorgamiento de pensiones de viudez por razones de edad o de duración del matrimonio.
Son preceptos que la Suprema Corte de Justicia (SCJN) señaló ya como inconstitucionales, porque se deja sin derecho a pensión a quienes hubieran contraído matrimonio con el trabajador fallecido, después de haber cumplido éste 55 años de edad, a menos de que el asegurado hubiera muerto un año después de la celebración del enlace.
En el caso de servidores púbicos y trabajadores fallecidos que contrajeron nupcias antes de cumplir los 55 años, el cónyuge que lo sobreviva tiene que acreditar una unión civil de seis meses para tener acceso a la pensión de viudez .
“Esto es claramente una injusticia”, advirtió en tribuna la coordinadora del PT, Geovanna Bañuelos, y una violación a los derechos de seguridad social y de igualdad establecidos en la Carta Magna, toda vez que se vincula el otorgamiento de la pensión a un hecho que se encuentra fuera del control, como es la muerte del trabajador pensionado.
Resaltó que los seguros sociales que se activan con la muerte de un trabajador o trabajadora tienen como objetivo la protección familiar, especialmente de los cónyuges y de los hijos sobrevivientes, y por ello es fundamental “eliminar obstáculos injustos y prácticas excluyentes.
La iniciativa, presentada por el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, fue aprobada con 72 votos a favor y cero en contra y en su exposición de motivos resalta que se pretende restituir el espíritu solidario en el que se fundamenta la seguridad social.
Ello, al eliminar “ las barreras que históricamente habían permanecido en la legislación y que han legitimado la violación a los derechos fundamentales de las personas, en este caso, de quienes poseen el derecho de acceder a una pensión de viudez”.
Condicionar la edad máxima para casarse y que esta genere una imposibilidad para poder acceder a una pensión que por derecho es de la persona trabajadora, “vulnera el derecho de libertad para contraer matrimonio y resulta discriminatorio por concepto de edad.”.
hch
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